Ayuso mueve ficha con la 'ley de nietos' y exige demostrar el vínculo con Madrid: ¿qué ha decidido el Supremo y cómo afecta al voto?

La presidenta madrileña reclama que los descendientes acrediten que su antepasado tuvo su última residencia en Madrid para poder figurar en el censo electoral de la Comunidad

12 de septiembre de 2026 a las 19:44h
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Fernando Sánchez / Europa Press
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Fernando Sánchez / Europa Press

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, quiere poner límites a la inscripción en el censo electoral madrileño de los españoles que han adquirido la nacionalidad a través de la conocida como ley de nietos. Su Gobierno presentará alegaciones ante la Junta Electoral Central (JEC) para que, tras la reciente decisión del Tribunal Supremo, se tenga en cuenta el vínculo del antepasado con la Comunidad de Madrid.

La conocida como ley de nietos no es una norma independiente, sino una disposición de la Ley de Memoria Democrática de 2022 que amplió los supuestos para que determinados descendientes de españoles nacidos en el extranjero pudieran obtener la nacionalidad española de origen. Entre ellos se encuentran descendientes de españoles que tuvieron que abandonar el país por motivos políticos, ideológicos, de creencias o de orientación sexual.

Precisamente sobre los efectos electorales de estas nacionalizaciones se ha pronunciado ahora el Supremo. El alto tribunal ha acordado suspender cautelarmente las nuevas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de quienes hayan obtenido la nacionalidad por esta vía y todavía no estuvieran inscritos, así como los efectos electorales de quienes ya figurasen en el censo.

La decisión, que es provisional y queda pendiente de la sentencia definitiva, se justifica por el tribunal ante un "peligro fundado, real y serio de poder afectar gravemente a la objetividad y transparencia del proceso electoral". La suspensión no implica que estas personas pierdan la nacionalidad española, sino que afecta temporalmente a sus derechos electorales en los términos fijados por el Supremo.

Ayuso quiere que el vínculo con Madrid quede acreditado

En este contexto, Ayuso ha defendido que los descendientes que quieran figurar en el censo de la Comunidad de Madrid deberán demostrar que el familiar del que procede su nacionalidad tuvo su última vecindad administrativa en un municipio madrileño.

La presidenta madrileña basa su posición en el artículo 7.3 del Estatuto de Autonomía de Madrid, que reconoce como madrileños a los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido su última vecindad administrativa en la Comunidad y acrediten esta condición ante el correspondiente consulado. El mismo precepto extiende estos derechos a sus descendientes cuando estén inscritos como españoles y así lo soliciten.

A partir de este criterio, Ayuso considera que no deberían aplicarse otros elementos para determinar quién puede acceder al censo electoral madrileño. "No deberán tenerse en cuenta otros criterios distintos como los establecidos por el acuerdo de la JEC en relación con esta ley, y con esos conceptos indeterminados como los de ‘mayor arraigo'", ha zanjado.

La presidenta madrileña ha defendido además la necesidad de evitar que el Gobierno central pueda "evitar que el Gobierno central manipule" los censos electorales.

Una suspensión que afecta al voto, no a la nacionalidad

El origen del conflicto está en el incremento de españoles residentes en el extranjero incorporados al CERA desde la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática. Según los datos manejados por el Supremo, entre las elecciones generales de 2023 y el 1 de julio de 2026 se incorporaron 408.262 electores al censo de residentes ausentes.

La resolución del tribunal establece una excepción para quienes puedan acreditar individualmente su condición de descendientes de exiliados por motivos políticos, ideológicos, religiosos o de orientación sexual. La medida se mantendrá mientras el Supremo resuelve el fondo de los recursos.

Ahora, la pelota queda también en el tejado de la Junta Electoral Central y de la Oficina del Censo Electoral, que deberán aplicar las consecuencias de la decisión judicial. En ese escenario, el Gobierno de Ayuso prepara sus alegaciones para defender que, en el caso de Madrid, el vínculo territorial con la Comunidad quede acreditado antes de incorporar a estos descendientes al censo autonómico.

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La periodista Clara Cerrada, redactora de ElConstitucional.es
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