El juez Peinado incide en la polémica y vuelve a intentar enviar a Begoña Gómez ante un tribunal jurado: ¿lo conseguirá esta vez?

El magistrado instructor del juzgado número 41 de Madrid emite un nuevo auto de 46 páginas en el que cita a los investigados del caso Begoña Gómez para comunicarles que, en su caso, se enfrentarán a un tribunal del jurado.

21 de marzo de 2026 a las 21:55h
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, junto a su mujer, Begoña Gómez y  la vicepresidenta primera del Gobierno y vicesecretaria general del PSOE, María Jesús Montero
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, junto a su mujer, Begoña Gómez y la vicepresidenta primera del Gobierno y vicesecretaria general del PSOE, María Jesús Montero

Es importante recordar que sobre la mesa están los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida, malversación e intrusismo. Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno; Cristina Álvarez, su asesora; y el empresario Juan Carlos Barrabés deberán acudir a los juzgados de Plaza de Castilla el 1 de abril, en plenas vacaciones de Semana Santa. El juez Peinado los ha citado con el objetivo de comunicarles que la causa continúa su curso por el procedimiento de jurado.

De acuerdo con la Ley del Tribunal del Jurado, el delito de malversación debe ser enjuiciado por este tipo de tribunal, compuesto por nueve ciudadanos y dos suplentes. Sería la ciudadanía la que, en ese caso, adoptaría la decisión final sobre su culpabilidad o inocencia, mientras que el magistrado se encargaría de dar forma jurídica al veredicto.

Resulta llamativa esta decisión, puesto que la Audiencia Provincial de Madrid rechazó el pasado 23 de febrero el auto de transformación de diligencias previas a procedimiento del tribunal del jurado por falta de motivación. En esencia, la Audiencia solicitó a Peinado que explicara las razones de dicha decisión, aunque no descartó esta posibilidad.

El pasado viernes, el juez instructor volvió a citar a las partes para el 1 de abril a las 12:00 de la mañana y justifica esta decisión en la conexión existente entre los distintos delitos investigados, es decir, para Peinado debe juzgarse el delito de malversación junto al resto de preceptos penales:

Señala que la esposa de Pedro Sánchez se habría aprovechado de su “posición institucional”. El magistrado considera que hubo “un cambio radical en la trayectoria” de Gómez, con distintos ascensos profesionales desde que Sánchez fue nombrado presidente del Gobierno. Según el juez, esta cercanía habría sido utilizada por Gómez para impulsar la cátedra en el entorno de la Universidad Complutense de Madrid. Por ello, entre otros argumentos, Peinado sostiene que todos los delitos están relacionados.

Las partes deben acudir a la citación, aunque es posible que los investigados no comparezcan personalmente y lo hagan únicamente sus abogados, como ya ocurrió en la ocasión anterior.

¿Y ahora qué pasará?

Lo previsible es que las defensas vuelvan a recurrir en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá decidir si los investigados se enfrentan finalmente a un juicio con jurado o, por el contrario, a un juzgado o tribunal conformado por magistrados que determine si Begoña Gómez, Cristina Álvarez y Juan Carlos Barrabés han cometido algún delito.

Sobre el autor
El periodista y abogado Antonio Gómez de Olea, colaborador de ElConstitucional.es
Antonio Gómez de Olea

Colaborador de ElConstitucional.es

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