El ultra Vito Quiles ya no podrá ejercer como periodista acreditado en el Congreso de los Diputados. La Mesa de la Cámara Baja ha acordado este martes retirarle de forma definitiva la credencial de prensa después de considerar acreditadas tres infracciones graves cometidas el pasado marzo.
La decisión llega después de una sucesión de expedientes y sanciones contra el activista. Quiles ya había sido suspendido durante tres meses en mayo y durante otro mes en julio, además de haber sufrido la retirada cautelar de su acreditación a raíz de los distintos altercados protagonizados en los últimos años en la institución. La reiteración de estas conductas ha sido determinante para que las nuevas infracciones sean consideradas a efectos sancionadores como faltas muy graves.
El acuerdo ha salido adelante con los votos de la mayoría que PSOE y Sumar mantienen en la Mesa del Congreso, mientras que PP y Vox han votado en contra. Ambos grupos ya rechazaron el pasado año la modificación del reglamento de la Cámara que introdujo un código de comportamiento destinado a establecer normas de civismo y proteger el trabajo de los periodistas dentro de la institución.
Precisamente, ese nuevo marco reglamentario ha permitido tramitar los expedientes que han desembocado en las sucesivas sanciones contra Quiles. La normativa también se ha aplicado al activista ultraderechista Bertrand Ndongo, que perdió temporalmente su acreditación de prensa y mantiene varios expedientes abiertos a la espera de resolución.
Una jueza acerca al agitador ultra Vito Quiles al banquillo
El agitador ultra Vito Quiles vuelve a quedar cercado por la Justicia. El Juzgado de Instrucción número 5 de Alicante ha acordado continuar por procedimiento abreviado la causa abierta contra él por un presunto delito de estafa, después de apreciar indicios de que habría viajado en nueve ocasiones más allá del destino que figuraba en sus billetes.
La resolución, adelantada en exclusiva por 'El Plural', sostiene que Quiles utilizaba trenes con destino a Madrid, Barcelona o Valencia, aunque compraba billetes que terminaban antes, en estaciones como Cuenca, Albacete, Calatayud, Zamora o la propia capital.
Renfe ha calculado que el ultra pagó 308,80 euros por unos trayectos cuyo precio completo ascendía a 780,45 euros. La diferencia reclamada alcanza los 471,65 euros. La compañía añade otros 400 euros por la utilización de servicios 'Executive' sin disponer de un título que le permitiera acceder a ellos, por lo que el perjuicio económico directo se sitúa en 871,65 euros.
La jueza atribuye provisionalmente los hechos a Vito Zoppellari Quiles, su nombre completo, y considera que existen elementos suficientes para avanzar hacia la fase previa al juicio. Quiles mantiene la presunción de inocencia y todavía podrá ejercer su defensa antes de que se decida la apertura del juicio oral.
Billetes recortados y recorridos completos
Entre los viajes recogidos en el auto aparecen varios trayectos entre Alicante y Madrid en los que Quiles habría pagado únicamente hasta Cuenca-Fernando Zóbel o Albacete-Los Llanos. También figura un desplazamiento de Madrid a Barcelona con un billete que terminaba en Calatayud y otro entre Madrid y Valencia abonado solamente hasta Cuenca.
La resolución incorpora igualmente un viaje desde Ourense hasta Madrid para el que habría comprado un billete con destino a Zamora. Según la información publicada por 'El Plural', esta mecánica se repitió hasta en nueve ocasiones.
Renfe ya explicó en mayo que decidió acudir a los tribunales tras detectar una conducta reiterada. La empresa pública había descrito otro episodio en el que Quiles viajó desde Alicante con un billete hasta Albacete, ocupó una plaza confort que tampoco había contratado y continuó hasta Madrid. En aquel caso terminó abonando la diferencia después de que interviniera el revisor.
La compañía también denunció el "daño reputacional" causado por la difusión de estas prácticas en redes sociales. Durante la investigación, Quiles fue citado dos veces por el juzgado. La primera comparecencia quedó suspendida porque no pudo ser localizado y, según Renfe, tampoco acudió a la segunda pese a estar debidamente notificado.
Procesalmente, el auto cierra la fase de investigación y abre el trámite en el que las acusaciones deberán decidir si solicitan la apertura de juicio oral, presentan sus escritos de acusación o reclaman el archivo. La expresión "pena privativa de libertad no superior a nueve años" incluida en la resolución reproduce el límite general que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal para utilizar el procedimiento abreviado.
Esa referencia todavía no constituye una petición de nueve años de prisión contra Quiles. El Código Penal castiga la modalidad básica de estafa con penas de entre seis meses y tres años. La calificación definitiva y la posible condena dependerán de los escritos que presenten la Fiscalía y las demás partes, además de la valoración que realice el tribunal si la causa llega a juicio.
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