Por qué Madrid elige 38 diputados y otras provincias solo dos: así se reparten los escaños entre provincias

Cómo reparte la LOREG los 350 diputados entre provincias, cuántos elige cada una el 29-N y por qué Madrid gana un escaño y Cádiz pierde uno

27 de octubre de 2026 a las 12:54h
Fachada del Congreso de los Diputados. Eduardo Parra / Europa Press
Fachada del Congreso de los Diputados. Eduardo Parra / Europa Press

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El 29 de noviembre se eligen 350 diputados, pero no en una única lista nacional: España se divide en 52 circunscripciones, una por provincia más Ceuta y Melilla. Cada una tiene un número fijo de escaños: Madrid reparte 38 y Soria, dos. 

Ese número se decide antes de votar, con una fórmula de la ley electoral, y no con el método D’Hondt, que solo actúa después, dentro de cada provincia. 

Conoce aquí el reparto de escaños de las generales del 29-N junto al calendario y los candidatos. Aquí se explica cómo se calcula el número de diputados de cada provincia.

Qué dice la ley sobre el reparto de escaños

Votos elecciones. Fuente: Imagen de Orna en Pixabay.
Votos elecciones. Fuente: Imagen de Orna en Pixabay. - Imagen de Orna en Pixabay

La Constitución fija el marco

El artículo 68 de la Constitución establece que el Congreso tiene entre 300 y 400 diputados y que la circunscripción electoral es la provincia. También ordena que la ley dé a cada provincia una representación mínima inicial y reparta el resto en proporción a la población, y que Ceuta y Melilla elijan un diputado cada una.

La LOREG pone los números

El artículo 162 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) concreta ese marco:

  • El Congreso tiene 350 diputados.
  • Cada provincia tiene un mínimo inicial de dos.
  • Ceuta y Melilla eligen uno cada una.

Con 50 provincias, el mínimo suma 100 escaños, y Ceuta y Melilla añaden otros dos. Los 248 restantes se reparten según la población.

Cómo se calculan los 248 escaños que dependen de la población

El procedimiento tiene tres pasos, todos recogidos en el artículo 162.3 de la LOREG:

  1. Cuota de reparto. Se divide entre 248 la población de derecho de todas las provincias peninsulares e insulares. El resultado es el número de habitantes que “vale” un escaño.
  2. Escaños enteros. Se divide la población de cada provincia entre esa cuota, y cada provincia recibe tantos escaños como unidades enteras salgan.
  3. Escaños sobrantes. Los escaños que quedan sin asignar van, uno a uno, a las provincias con la fracción decimal más alta.

Un ejemplo con cifras hipotéticas

Supongamos que la cuota de reparto fuera de 190.000 habitantes y que una provincia tuviera 1.000.000. La división da 5,26: la provincia recibe cinco escaños por población, que se suman a sus dos mínimos, en total siete. 

Si al final quedan escaños sin asignar y su fracción (0,26) está entre las más altas, recibiría un octavo; si no, se queda con siete. Las cifras son ilustrativas: el cálculo real lo hace el Gobierno con los datos oficiales de población.

Quién publica el resultado

El real decreto de convocatoria debe fijar el número de diputados de cada circunscripción. En estas elecciones lo hace el anexo del Real Decreto 806/2026, publicado en el BOE el 6 de octubre de 2026.

Cuántos diputados elige cada provincia el 29-N

Según el Real Decreto 806/2026, el reparto es este:

  • 38: Madrid.
  • 32: Barcelona.
  • 16: Valencia.
  • 12: Alicante y Sevilla.
  • 11: Málaga.
  • 10: Murcia.
  • 8: Illes Balears, Bizkaia, Cádiz, A Coruña y Las Palmas.
  • 3: Ávila, Cuenca, Guadalajara, Huesca, Palencia, Segovia, Teruel y Zamora.
  • 2: Soria.
  • 1: Ceuta y Melilla.

El resto de provincias elige entre cuatro y siete diputados. La lista completa puede consultarse en el anexo del real decreto.

Qué cambia respecto a 2023

Solo dos circunscripciones cambian: Madrid pasa de 37 a 38 diputados y Cádiz baja de 9 a 8. Las demás eligen los mismos escaños que en julio de 2023. El cambio responde a la evolución de la población: si una provincia crece más que la media, puede ganar un escaño a costa de otra.

Qué efecto tiene el mínimo de dos diputados

El mínimo garantizado hace que el peso del voto no sea igual en todas las provincias. Según cálculos con el censo de 2023, en Teruel hay un diputado por cada 33.700 electores y en Madrid uno por cada 127.600, unas 3,8 veces más. Las provincias menos pobladas eligen, por tanto, más diputados por habitante que las grandes.

Hay un segundo efecto. En una provincia con tres escaños, una candidatura necesita un porcentaje de voto alto para obtener uno, aunque supere el umbral legal del 3%. En Madrid o Barcelona, con más de 30 escaños, basta con un porcentaje menor. Por eso los partidos pequeños de ámbito estatal obtienen representación sobre todo en las circunscripciones grandes.

Y en el Senado, ¿también depende de la población?

No. Para el Senado, el artículo 165 de la LOREG da cuatro senadores a cada provincia, sea cual sea su población. En las islas, Gran Canaria, Mallorca y Tenerife eligen tres cada una, y Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma eligen uno cada una. Ceuta y Melilla eligen dos senadores cada una. Así, Madrid y Soria eligen el mismo número de senadores, aunque sus escaños en el Congreso sean muy distintos.

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Para ver cómo se traduce este reparto en resultados el día de la votación, puedes seguir el escrutinio provincia a provincia en el especial de El Español sobre las generales.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos diputados elige cada provincia como mínimo?

Dos, según el artículo 162 de la LOREG. Ceuta y Melilla son la excepción: eligen un diputado cada una.

¿Qué provincia elige menos diputados en las elecciones del 29-N?

Soria, con dos, el mínimo legal. Le siguen con tres Ávila, Cuenca, Guadalajara, Huesca, Palencia, Segovia, Teruel y Zamora.

¿Por qué Madrid tiene un diputado más que en 2023?

Porque el reparto de los 248 escaños variables se recalcula en cada convocatoria con la población de cada provincia. Para el 29-N, Madrid pasa de 37 a 38 diputados y Cádiz baja de 9 a 8.

¿El reparto de escaños entre provincias es lo mismo que la ley D’Hondt?

No. El artículo 162 de la LOREG decide cuántos escaños tiene cada provincia antes de votar. La ley D’Hondt decide después qué candidaturas obtienen esos escaños dentro de cada provincia.

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