“Arraigo y vinculación con el territorio”: el PP de Ayuso impulsa su “prioridad nacional” mientras la justicia europea lo considera discriminatorio

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que exigir años de arraigo para acceder a ayudas sociales es una discriminación indirecta contra los refugiados

08 de mayo de 2026 a las 09:22h
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. A. Pérez Meca / Europa Press
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. A. Pérez Meca / Europa Press

El Partido Popular de la Comunidad de Madrid liderado por Isabel Díaz Ayuso, se ha unido este jueves al partido de extrema derecha Vox en el pleno de la Asamblea para exigirle al Ejecutivo que el acceso a “todas las ayudas, subvenciones y prestaciones públicas” esté inspirado en el concepto de ‘prioridad nacional’ pactado por los de Santiago Abascal en los gobiernos autonómicos del PP en Extremadura y Aragón.

Según el escrito–proposición no de ley– las ayudas, subvenciones y prestaciones públicas deben asignarse a aquellas personas que puedan acreditar un “período mínimo reforzado de arraigo, empadronamiento y vinculación con el territorio”, asimismo, otros requisitos serán “la trayectoria de cotización, permanencia y contribución al sistema”. En este sentido, se quiere excluir de “prestaciones y servicios sociales estructurales” a personas migrantes en situación irregular, excepto en circunstancias de “urgencia vital”.

De la misma forma, se le dará acceso a la vivienda de protección al alquiler social a aquellos con “un arraigo real y prolongado basado en empadronamiento histórico en el territorio”, estableciendo un mínimo de 10 años para la compra y cinco para el alquiler, según recoge el texto del PP de Madrid. No obstante, el concepto que establecen los ‘populares’ madrileños rechaza algunas de las iniciativas de Vox como la repatriación de los migrantes en situación irregular.

La aprobación del texto se ha llevado a cabo justo el mismo día en el que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha publicado una sentencia que considera que exigir años de arraigo para acceder a ayudas sociales es una discriminación indirecta contra los refugiados y contrario al derecho de la Unión.

Un tribunal italiano planteó una cuestión prejudicial que tenía que ver con que la administración le había retirado a un refugiado, una ayuda de inserción social con el argumento de que no cumplía el requisito de 10 años de residencia en el país. Así, el TSJUE ha dictaminado que el requisito es ilegal porque quiebra el principio de igualdad en el acceso a las ayudas sociales, que protege tanto a nacionales como a refugiados de países de fuera de la UE.

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