La tentación, en causas de alta temperatura política, es reducirlo todo a una consigna: o bien “todo encaja”, o bien “todo es una operación”. La teoría de juegos obliga a hacer lo contrario: descomponer incentivos, información imperfecta y pagos (incentivos) esperados. Aplicada al ecosistema procesal que conecta el juicio por las mascarillas en el Tribunal Supremo, la pieza de amaños de obra pública remitida a la Audiencia Nacional, la derivada del fraude del IVA en hidrocarburos y la línea de investigación sobre presuntos pagos en Ferraz (desmentida por la UCO), la pregunta no es solo quién dice la verdad, sino qué estrategia racional tiene cada actor si es culpable, si es inocente, o si solo intenta sobrevivir penalmente.
A 10 de abril de 2026, la fotografía judicial es esta: el Supremo ha llevado a juicio la pieza inicial de contratos de mascarillas contra José Luis Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama; el instructor apreció indicios provisionales de cohecho, organización criminal, tráfico de influencias y malversación. Paralelamente, la línea sobre presuntos amaños de obra pública que afectaba a Ábalos, Koldo, Aldama y Santos Cerdán fue remitida a la Audiencia Nacional tras la pérdida del aforamiento de Ábalos, y esa pesquisa se describía todavía como “incipiente”. Además, el juez Pedraz ha rechazado, por ahora, imputar a Ábalos y Koldo en la causa de hidrocarburos porque entendió, de acuerdo con Anticorrupción, que esos hechos ya estaban siendo examinados en la causa del Supremo.
Ese mapa importa porque rompe una simplificación frecuente: no hay “un caso” sino varias partidas simultáneas, con vasos comunicantes, jugadores repetidos y premios cruzados. En el juicio de mascarillas, la Fiscalía atribuye a Ábalos y Koldo un papel central (en base a unos pocos audios grabados por Koldo y puestos en cuestión por las periciales) y a Aldama el de corruptor-colaborador, con una petición de pena muy inferior para este último (7 años frente a 24 a Ábalos) por la atenuante de colaboración con la justicia. Esa asimetría altera por completo la matriz estratégica.
I. El marco jurídico: por qué la teoría de juegos sí sirve en Derecho penal
La teoría de juegos no sustituye la prueba; sirve para analizar los incentivos de quien produce la prueba. Y en España ese punto no es teórico, sino doctrina constitucional consolidada: la declaración del coimputado es una prueba “sospechosa”, porque quien declara no tiene obligación de decir la verdad y puede mentir para protegerse o para obtener una ventaja procesal. Por eso el Tribunal Constitucional exige una corroboración externa mínima; además, la declaración de un coimputado no puede servir, por sí sola, como corroboración de la de otro.
Esa línea jurisprudencial es capital para entender la posición de Aldama y, por extensión, de cualquier testigo o investigado con incentivos negociadores. La STC 160/2006 recuerda que la veracidad objetiva del coimputado debe estar avalada por “algún hecho, dato o circunstancia externa”. La STC 55/2005 subraya que la mera coincidencia entre declaraciones de coimputados no basta. Y la jurisprudencia penal reciente del Supremo insiste en que la corroboración externa es requisito “sine qua non” del valor probatorio de esa incriminación.
Traducido a teoría de juegos: el sistema penal español intenta corregir el incentivo natural del “delator racional” a exagerar, seleccionar o incluso falsear si ello reduce su castigo esperado. El Derecho no presume que mienta; tampoco puede ser ingenuo sobre sus incentivos.
II. Los jugadores y sus incentivos
En esta partida ampliada hay, al menos, seis jugadores relevantes.
- Primero, Ábalos: su utilidad máxima procesal es desacoplarse de cualquier flujo patrimonial (que por ahora no ha aparecido), de cualquier contraprestación (se sospecha de las obtenidas por sus novias) y de cualquier conocimiento de la operativa de terceros.
- Segundo, Koldo García: comparte con Ábalos gran parte de esa utilidad, pero desde una posición de mayor carga indiciaria en contra suya, pero con un incentivo adicional a presentarse como subordinado operativo sin capacidad decisoria propia.
- Tercero, Víctor de Aldama: su incentivo dominante es cooperar lo suficiente como para maximizar credibilidad y reducir castigo (algo que ya ha obtenido en dos de los casos que le incriminan, Hidrocarburos y Mascarillas), pero sin autodestruirse más de lo imprescindible (por ello ha negado haber recibido un millón de euros de Carmen Pano, rompiendo la dinámica de colaboración entre investigados que señalan al entorno del Gobierno).
- Cuarto, Carmen Pano: su incentivo depende de si actúa como testigo veraz, testigo inducido o actor defensivo que busca desplazar responsabilidad por su implicación, la de su hija y la de sus empresas en Hidrocarburos.
- Quinto, Santos Cerdán, en la pieza de obra pública: su incentivo es impedir que la línea de imputación incipiente cristalice en una narrativa de mando político. A su favor, que no ha aparecido el dinero supuestamente recibido en mordidas. En su contra, que apareció un contrato no elevado a público que le vincula a Servinabar, una de las constructoras señaladas.
- Sexto, las acusaciones y la Fiscalía: su incentivo es construir una historia coherente entre causas sin vulnerar la exigencia de corroboración.
Junto a ellos, actores secundarios (como la hija de Carmen Pano, Leonor), o que serán protagonistas (como Claudio Rivas en Hidrocarburos o Acciona en la trama de obra pública), pero que no son decisivos en esta etapa del juego.
Aquí aparece el primer gran error del debate público: pensar que el testigo que más arriesga es necesariamente el más veraz. No siempre. En teoría de juegos, el jugador bajo máxima presión puede ser precisamente el que más incentivos tiene para mover el equilibrio mediante una declaración útil para la acusación... aunque sea falsa.
III. El dilema central: cooperar, callar o fabricar valor procesal
El “dilema del prisionero” clásico funciona así: dos imputados obtienen mejores resultados individuales si se delatan mutuamente (equilibrio de Nash), aunque el óptimo conjunto sería cooperar entre sí (óptimo paretiano) y guardar silencio. En corrupción compleja, el modelo es más sofisticado. Aquí no hay solo dos presos; hay una red de jugadores, piezas separadas y beneficios procesales asimétricos.
La matriz básica entre un investigado-colaborador y el resto puede resumirse así:
- Si el colaborador dice la verdad y existe corroboración externa, mejora su posición y empeora la de los demás.
- Si dice la verdad, pero no hay corroboración, puede ganar foco mediático, pero no necesariamente eficacia judicial.
- Si exagera o miente y no es desmentido por datos externos, puede desplazar temporalmente la carga reputacional, aunque el rendimiento judicial final sea incierto.
- Si exagera o miente y aparece contradicción documental o periférica, su valor probatorio se hunde y el sistema penal corrige el incentivo.
Ese es exactamente el punto que hace jurídicamente tan delicado el papel de Aldama y, por extensión, de Carmen Pano, o incluso de los amagos de colaboración (en forma de señalamiento al entorno del Gobierno) realizados por Ábalos o Koldo: el sistema puede beneficiarse de su colaboración y, a la vez, desconfiar estructuralmente de ella, pese a los beneficios procesales ya concedidos, especialmente a Aldama.
IV. El “Equilibrio de Nash” incómodo: cuando mentir puede ser racional
La hipótesis más cercana a la lógica de la Teoría de Juegos —que Aldama y/o Carmen Pano estén mintiendo para mejorar su situación procesal, o que Koldo manipulase los audios entregados -en tanto confidente- o incautados -en tanto tonto útil- por la Guardia Civil— no solo es imaginable; es un escenario que la jurisprudencia contempla como riesgo estructural. No porque se sepa que mienten, sino porque el diseño de incentivos “perversos” hace racional explorar esa opción si el premio esperado supera el coste esperado. En noviembre de 2024, Aldama obtuvo la libertad de su cárcel preventiva por Hidrocarburos tras colaborar, y en el juicio de mascarillas afronta una petición de pena sensiblemente menor —siete años— que la que afrontan Ábalos y Koldo (24 y 19 años). Ese dato no prueba falsedad; sí prueba asimetría de incentivos. Muestra un camino de incentivo perverso al resto de prisioneros: si señalas a miembros cercanos al Gobierno, tendrás un mejor trato procesal.
En teoría de juegos, eso puede formularse como un Nash de acusación interesada: si el colaborador cree que la acusación valorará más una narración incriminatoria amplia que una versión prudente o exculpatoria, y si estima que el riesgo de castigo por exagerar es bajo mientras no surja contradicción externa contundente, su mejor respuesta individual puede ser “añadir valor” (o fantasía) a su relato. Si, además, los demás imputados niegan todo, la acusación tiene todavía más incentivos a apoyarse en quien sí ofrece una historia completa. El equilibrio no es “verdad”, sino “relato con utilidad procesal”. El Derecho intenta romper ese equilibrio exigiendo corroboración periférica.
La misma lógica vale para Carmen Pano, aunque con un matiz. Su posición no es idéntica a la de Aldama. Pero si su relato refuerza una línea central de la acusación —los 90.000 euros en Ferraz o la compra del chalé vinculada a favores—, su testimonio solo gana potencia judicial si encuentra apoyos externos independientes. La prensa ha informado de que su chófer y su hija corroboraron partes del trayecto o del contexto económico; eso puede reforzar en parte la existencia de movimientos o entregas, pero no resuelve por sí solo el salto decisivo: a quién se entregó, con qué finalidad jurídica y con qué conocimiento de los receptores.
En tercer lugar, la misma lógica podría aplicar en el caso de los audios de Koldo si efectivamente fueron manipulados como sostiene la defensa de Ábalos y Cerdán, al apreciar en la pericial trazas de un sistema operativo iOS inexistente cuando fueron grabados. Sin embargo, la elevada pena solicitada para él por el caso Mascarillas, unido a su ingreso en cárcel preventiva como Ábalos, alejan ese escenario o lo convierten en perdedor, en contraste con el de Aldama.
V. Escenario 1: Aldama dice sustancialmente la verdad y hay corroboración fuerte
Este es el escenario más gravoso para Ábalos y Koldo, y potencialmente expansivo para las otras piezas. Requisitos: que la versión de Aldama aparezca confirmada por rastros económicos, mensajes, agendas, intermediarios, adjudicaciones correlativas, uso de inmuebles o empleos instrumentales, y que todo ello no sea solo compatible con su relato, sino específicamente corroborador de la participación de los otros acusados. Ese matiz es decisivo: el Constitucional exige corroboración respecto de la participación del acusado, no mera constatación del contexto general.
Si este escenario prospera, el juego cambia en cascada. La pieza de mascarillas serviría como “ancla de credibilidad” para proyectar plausibilidad sobre la línea de obra pública y sobre la derivada patrimonial vinculada a hidrocarburos (justamente, el orden de los casos). No sería prueba automática de una causa en otra, pero sí elevaría el valor esperado de nuevas diligencias, porque el sistema pasaría de un colaborador sospechoso a un colaborador parcialmente verificado. La influencia cruzada sería probatoria en sentido débil y estratégica en sentido fuerte.
En términos de teoría de juegos, aquí el equilibrio favorece la cooperación con la acusación: si uno de los jugadores ya ha “cantado” y el sistema confirma que su relato produce condenas, otros actores periféricos tienen más incentivos a pactar, corroborar o distanciarse de la cadena jerárquica superior. Y eso incluye, potencialmente, a Ábalos… o Cerdán.
VI. Escenario 2: Aldama dice parte de la verdad, pero maximiza su utilidad con exageraciones selectivas
Este es, probablemente, el escenario analíticamente más plausible en cualquier macrocausa de corrupción y el que mejor encaja con la prudencia jurisprudencial. No sería un caso de falsedad total, sino de verdad estratégica: el colaborador confiesa aquello que ya no puede negar, entrega piezas útiles para obtener beneficios y rellena huecos con inferencias incriminatorias cuyo rendimiento reputacional es alto, aunque su valor judicial sea menor.
Aquí la teoría de juegos encaja casi de forma literal. El colaborador no necesita mentir en todo; le basta con optimizar margen por margen. Puede ser veraz en contratos, reuniones o pagos propios y especulativo al atribuir destino final del dinero, conocimiento subjetivo de terceros o nexo con el partido. La Audiencia de Madrid, en otro procedimiento, ya rechazó utilizar el testimonio de Aldama sobre Begoña Gómez por considerarlo compuesto de “hipótesis o conjeturas” y carente de utilidad concreta para la investigación. Ese dato no invalida sus declaraciones en otras causas, pero sí ofrece un antecedente muy relevante sobre el riesgo de expansividad narrativa sin densidad probatoria.
Si este fuera el escenario real, la consecuencia no sería la absolución automática de todos los demás, sino una segmentación: podrían consolidarse responsabilidades por hechos corroborados y fracasar las imputaciones que dependan de los saltos más ambiciosos del relato.
VII. Escenario 3: Aldama miente nuclearmente para salir mejor parado
Es el escenario que más fascina al combate político y el que más cuesta probar, porque exige demostrar no solo falta de corroboración, sino falsedad intencional en el núcleo incriminatorio. Desde la lógica del juego, sería racional si el beneficio esperado de incriminar supera el coste de ser descubierto (“de perdidos, al río”), y si percibe que el sistema premia más la utilidad acusatoria que la exactitud. El dato de la libertad obtenida tras colaborar y la diferencia de pena solicitada para él respecto al resto de investigados alimentan objetivamente ese incentivo.
Pero aquí el Derecho introduce un freno potente: sin corroboración externa, una condena fundada esencialmente en esa delación es constitucionalmente vulnerable. La STC 55/2005 y la línea que arranca en las SSTC 68/2001, 72/2001 y 181/2002 impiden que el sistema penal convierta una simple delación interesada en prueba de cargo suficiente.
Por eso, si el escenario 3 fuera el real, el desenlace más probable no sería una gran condena apoyada solo en Aldama, sino una combinación de desgaste público, dificultades instructoras y eventual caída parcial o total de los hechos no corroborados. En plata: la absolución de Ábalos, Koldo y, por ende, de Cerdán.
VIII. Escenario 4: Carmen Pano dice la verdad y abre la puerta a la línea de financiación irregular
Carmen Pano ha ratificado que dice recordar haber llevado dos entregas de 45.000 euros a Ferraz (sede central del PSOE), y la prensa ha informado de corroboraciones periféricas sobre desplazamientos y contexto. Si su versión es sustancialmente cierta, el escenario más delicado para el PSOE no es solo el penal individual de quienes pudieran haber intervenido, sino el institucional: una línea de investigación por pagos en metálico en sede del partido con potencial de derivación hacia financiación irregular o apropiación privada utilizando estructuras partidarias, desmentida ya, sin embargo, por los informes de la UCO de la Guardia Civil. Incluso voces socialistas como García-Page han respondido públicamente en esos términos: negando financiación ilegal institucional y sugiriendo, en su caso, un eventual expolio del partido por individuos concretos.
Ese matiz es central. En teoría de juegos, la organización-partido tiene incentivos a desplazar el equilibrio desde “financiación ilegal del PSOE” hacia “aprovechamiento del PSOE por actores individuales”. Jurídicamente, la diferencia es enorme: no es lo mismo financiación irregular sistémica que apropiación o recepción privada en el entorno de la sede.
IX. Escenario 5: Carmen Pano dice la verdad en lo periférico, pero no en el destino o en la finalidad
Este escenario intermedio es muy importante y suele pasar desapercibido. Una persona puede decir la verdad sobre haber transportado dinero o haber acudido a un lugar, y equivocarse, asumir o adornar respecto del destinatario, la finalidad o el contexto jurídico de lo entregado. El hecho físico de llevar una bolsa a una sede no equivale, por sí mismo, a acreditar financiación ilegal del partido. Hace falta probar receptor, imputación contable o extracontable, conexión funcional y conciencia de ilicitud.
Desde la teoría de juegos, este es un equilibrio bastante estable: el testigo obtiene credibilidad contando hechos verificables de su experiencia directa, y el sistema corre el riesgo de extrapolar demasiado desde esos hechos a conclusiones institucionales más amplias. Aquí la regla constitucional de corroboración vuelve a ser decisiva.
X. Escenario 6: Pano miente o se adapta a un relato ajeno
Si Pano estuviera mintiendo deliberadamente o acomodando su relato a otro previamente construido, la utilidad individual sería desplazar responsabilidad y ganar centralidad como testigo útil. Pero ese equilibrio es frágil si faltan apoyos externos consistentes, como parece. Además, el coste reputacional y penal de una falsedad deliberada, si llegara a acreditarse, es mayor para un testigo que para un coimputado, porque el régimen de obligaciones no es el mismo.
Por eso, y esto importa mucho, el sistema debe distinguir con precisión qué partes de su relato son de percepción directa y cuáles son de referencia o inferencia. En teoría de juegos probatoria, no vale lo mismo “yo llevé una bolsa” que “esa bolsa era para financiar ilegalmente al partido”.
Si, a semejanza de Aldama, todo su relato de las bolsas fuera mentira y lo hubiera hecho por obtener beneficios procesales para ella y su hija Leonor en Hidrocarburos, la mera prueba de su no acceso a la sede del PSOE (cámaras, registros) sería muy perjudicial para sus intereses.
XI. Escenario 7: Ábalos y Koldo son inocentes del núcleo corrupto y Aldama funciona como “jugador oportunista”
Este escenario, que las defensas persiguen, requiere un doble movimiento. Primero, presentar a Aldama como el verdadero centro corruptor o como empresario que instrumentalizó su acceso político. Segundo, reinterpretar todos los indicios patrimoniales o relacionales como favores personales, desorden privado o conductas éticamente reprobables, pero no subsumibles en cohecho, malversación o tráfico de influencias. La propia cobertura del juicio ha recogido que las defensas de Ábalos y Koldo están intentando cargar el peso sobre Aldama. Los presuntos corrompidos sobre el presunto corruptor.
En lógica de juego, es una estrategia racional: si el colaborador ha obtenido ventaja por incriminar, la mejor respuesta es invertir el marco y presentarlo como el único jugador con incentivo fuerte para fabricar la historia. Su debilidad es obvia: si aparecen corroboraciones externas robustas, la defensa de “todo viene de Aldama” pierde tracción.
XII. Escenario 8: Ábalos y Koldo son culpables en mascarillas, pero no necesariamente en hidrocarburos ni en financiación del PSOE
Este es uno de los escenarios más jurídicamente plausibles y más incómodos para el discurso político, porque rompe la lógica del “todo o nada”. El hecho de que Pedraz haya rechazado, por ahora, imputarlos en hidrocarburos no equivale a exonerarlos de cualquier conducta conectada; significa que esa concreta incriminación no debe duplicarse allí porque esos hechos ya se están viendo en el Supremo. Tampoco una eventual acreditación de contraprestaciones en mascarillas prueba, sin más, financiación ilegal del PSOE.
Este es un escenario mixto extraordinariamente beneficioso para Santos Cerdán, que quedaría exonerado, al no haber aparecido el dinero de las mordidas, y para el PSOE, al quedar definitivamente olvidada su presunta financiación irregular.
En este escenario se presume que los destinos de Ábalos y Koldo son comunes, como lo es la estrategia de su defensa, pero bien podría ser que se considerase culpable a Ábalos sola y exclusivamente de cohecho por la contratación de su amante Jessica en dos empresas dependientes de Transportes, y a Koldo y Aldama como culpables de todo el resto de los delitos por el caso Mascarillas, lo cual sería el segundo mejor futuro para el exministro y un éxito para su defensa.
En teoría de juegos, los casos múltiples generan un sesgo muy humano: si el jugador parece culpable en una partida, tendemos a actualizar toda su reputación en las demás. El Derecho penal no puede permitirse ese atajo.
XIII. Escenario 9: Cerdán queda absorbido por un “efecto halo” sin densidad probatoria suficiente
La pieza sobre presuntos amaños de obra pública, remitida a la Audiencia Nacional, se hallaba en fase incipiente cuando el Supremo perdió competencia por la salida de Ábalos del Congreso. Eso obliga a una cautela particular respecto de Santos Cerdán: su mera aparición en una pieza separada o en una hipótesis policial no equivale a consolidación incriminatoria.
En teoría de juegos, Cerdán se enfrenta a un problema de información asimétrica: su mejor estrategia pública puede ser negar y esperar, porque intervenir demasiado pronto puede dar valor a una línea que aún no lo tiene. El riesgo para él es el “efecto halo”: que la partida de mascarillas genere una inferencia reputacional expansiva sobre la de obra pública antes de que exista prueba madura.
XIV. Escenario 10: existe una racionalidad mixta, con culpabilidades parciales y narrativas maximalistas
Este es, a mi juicio, el escenario más serio para este artículo de investigación. En corrupción compleja, lo más frecuente no es que una parte tenga razón en todo y la otra en nada, sino una combinación de:
- hechos base verdaderos y verificables,
- relatos interesados,
- colaboradores útiles, pero no plenamente fiables,
- testigos periféricos con conocimiento fragmentario,
- y organizaciones que intentan encapsular daños.
La teoría de juegos sugiere que, en este tipo de entornos, cada actor maximiza su posición no con la verdad completa, sino con la porción de verdad que más le conviene y el marco interpretativo que más daña al otro. La tarea del tribunal es desarmar ese equilibrio jugador por jugador, hecho por hecho.
XV. La influencia cruzada entre causas
La conexión entre mascarillas, hidrocarburos, Ferraz y obra pública no debe formularse como una “macroverdad” previa, sino como una cadena de actualización de probabilidades. Si en mascarillas el Supremo encuentra corroboración robusta de pagos, contraprestaciones y circuitos de beneficio, la credibilidad estratégica de Aldama sube en las otras piezas. Si, por el contrario, en juicio oral aparecen contradicciones materiales, su valor en las derivadas colaterales cae de forma abrupta.
La misma influencia opera sobre la línea de Ferraz. Si el dinero en metálico queda acreditado como hecho físico, pero no su destino partidario (tesis apuntada por un informe de la UCO), el caso tenderá hacia responsabilidades individuales y no necesariamente hacia financiación ilegal del PSOE. Si, en cambio, emergen receptores, anotaciones, flujos o decisiones orgánicas coherentes con esa entrada de fondos, la partida cambia de nivel.
XVI. La lección de jurisprudencia: por qué no basta con “que coincida”
El antecedente doctrinal más importante aquí es casi contraintuitivo: en el sistema constitucional español, varias declaraciones coincidentes de personas interesadas pueden seguir siendo insuficientes si no hay datos externos que corroboren la participación concreta del acusado. No es una manía garantista; es una respuesta racional al problema de incentivos. Si dos o tres jugadores obtienen beneficio alineando relato, la coincidencia no elimina el sesgo: puede ser su producto.
Eso explica por qué debemos huir de dos exageraciones simétricas: ni “si lo dicen varios, ya está probado”, ni “como son interesados, no valen para nada”. Sí valen, pero condicionados por su anclaje externo.
XVII. Conclusión: el verdadero Nash no es político, sino probatorio
El equilibrio relevante no es “todos son iguales” ni “todo es montaje”. El equilibrio relevante es este: en un sistema que premia la colaboración y castiga la pasividad, el coimputado racional tiene incentivos poderosos a hablar de una manera que mejore su situación; el tribunal racional, por tanto, debe exigir corroboración externa antes de convertir ese relato en verdad judicial. Esa es la verdadera función garantista de la jurisprudencia constitucional sobre declaraciones de coimputados.
Aplicado a Ábalos, Koldo, Cerdán, Aldama, Pano, Ferraz e hidrocarburos, el resultado es menos satisfactorio para el partidista, pero más serio para el analista: todos los escenarios siguen abiertos, pero no todos tienen la misma calidad estratégica ni la misma densidad probatoria. El escenario más robusto no será el más ruidoso, sino el que sobreviva a la pregunta que de verdad importa en teoría de juegos judicial: ¿quién gana qué diciendo esto, y qué dato externo independiente obliga a creerle? O, lo que es lo mismo, pero en latín, ¿Cui prodest?