La organización de extrema derecha Hazte Oír, la cual encabeza la acusación popular unificada, trata de acorralar aún más a Begoña Gómez tras recurrir a la decisión del juez Antonio Viejo, el cual autorizó a la esposa de Pedro Sánchez a viajar a Londres entre el 8 y 10 de julio, para que pudiese asistir a la graduación una de sus hijas. Las acusaciones sostienen que el permiso supone "un trato de favor manifiestamente desigual e injustificado", según un recurso presentado por la asociación española expuesto por The Objective..
El escrito de Hazte Oír solicita revocar íntegramente la autorización y mantener la prohibición de salida del territorio nacional y la retirada del pasaporte acordadas el pasado 20 de junio. Además recuerdan que Gómez se enfrenta a una petición de hasta 24 años de prisión y sostiene que: "la autorización de cualquier salida supone un alzamiento parcial de medidas cautelares que exige riguroso escrutinio".
Otro de los principales argumentos del recurso es que el propio juez denegó previamente otro desplazamiento a Turquía, a la cumbre de la OTAN, por considerar que existían riesgos derivados de la cooperación judicial con un país extracomunitario. Por ello, la acusación sostiene que Londres también quedó fuera del espacio judicial europeo tras el Brexit y reprocha que, "aplica un criterio radicalmente distinto". Además, buena parte del recurso, centra su argumento en una supuesta vulneración del principio constitucional de igualdad.
Para ello cita varias sentencias del Tribunal Constitucional y sostiene que: "Un mismo órgano judicial no puede modificar arbitrariamente el sentido de sus decisiones en casos sustancialmente iguales". Además, la acusación llega incluso a afirmar que: "Ningún investigado común, sin proyección mediática ni vinculación con las más altas instancias del poder ejecutivo, habría obtenido autorización para salir de España, con el único objetivo de asistir a un acto familiar".
El verdadero elemento diferenciador al cual apela la acusación popular sería la condición de Gómez como esposa del presidente del Gobierno de España. En relación con esto, sostiene que, "esa circunstancia representa precisamente el tipo de condición o circunstancia personal o social que el artículo 14 de la Constitución prohíbe utilizar como factor de discriminación". Otro de los reproches es que, desde que se acordaron las medidas cautelares el pasado 20 de junio, apenas han transcurrido unos días y, según la acusación, "no se ha acreditado cambio alguno de circunstancias que justifique el alzamiento temporal de la medida cautelar".
Para reforzar su tesis, el recurso cita jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Audiencia Provincial de Las Palmas que, según sostiene, avala mantener la retirada del pasaporte y la prohibición de abandonar España cuando subsisten los motivos que justificaron su adopción. Y por último, la acusación popular solicita al juez que revoque el permiso concedido a Begoña Gómez y mantenga íntegramente las medidas cautelares acordadas el pasado 20 de junio, al considerar que subsisten íntegramente las circunstancias que motivaron su adopción.
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