La concejal de la ultraderecha Vox en Valencia, Cecilia Herrero, será juzgada por sus tuits racistas y contra el colectivo LGTBI: la Fiscalía le pide 3 años por delitos de odio

"No son ni migrantes ni inmigrantes. Son INVASORES" o "Los moros nos invaden"; "Tanta reconquista para terminar pagándoles la invasión a los moros", escribió entre otros insultos

26 de mayo de 2026 a las 18:34h
Cecilia Herrero, concejal de Vox en Valencia (Foto: Ayuntamiento de Valencia)
Cecilia Herrero, concejal de Vox en Valencia (Foto: Ayuntamiento de Valencia)

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado el recurso de la concejal de Vox en Valencia, Cecilia Herrero, contra su procesamiento por un delito de odio, de modo que será juzgada por varios mensajes racistas que escribió en sus redes sociales.

Los magistrados entienden que existen suficientes indicios racionales de criminalidad atribuibles a la concejala, por lo que, con el apoyo del fiscal, desestiman su recurso y dirigen el proceso hacia la apertura de juicio oral

El pasado mes de enero se hizo público que la Fiscalía Provincial pedirá una condena de 3 años de prisión para Herrero por la difusión reiterada de mensajes de odio contra personas migrantes, LGTBI y con discapacidad a través de la red social Twitter, actualmente X, entre los años 2020 y 2024.

Entre los mensajes difundidos por Herrero se encuentran algunos como "No son ni migrantes ni inmigrantes. Son INVASORES" o "Los moros nos invaden"; "Tanta reconquista para terminar pagándoles la invasión a los moros"; “basta de patrocinar al moro; los recursos nacionales para los españoles” "ya le gustaría a Hitler ser la mitad de malvado que Echenique".

Estos hechos fueron denunciados inicialmente por Compromís en abril de 2024 y posteriormente se sumó el PSPV, que aportó más mensajes a la Fiscalía.

3 años de cárcel y la inhabilitación

La Fiscalía sostiene que, durante al menos cuatro años, Herrero utilizó de forma continuada varias cuentas abiertas al público para publicar mensajes dirigidos a “propagar el rechazo, el desprecio, la hostilidad y la animadversión” hacia distintos colectivos protegidos.

Por ello, atribuye a la procesada la autoría de un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas, previsto en el artículo 510 del Código Penal, por fomentar el odio y la hostilidad mediante expresiones vejatorias, deshumanizadoras y estigmatizadoras, aunque plantea alternativamente una calificación menos grave dentro del mismo precepto penal (510.2 del CP).

En consecuencia, la primera petición es de 3 años de prisión y una multa de doce meses con una cuota diaria de 20 euros, pero subsidiariamente se pide una condena de un año y dos meses de prisión y multa de ocho meses. En ambos supuestos se reclama también la inhabilitación para empleo o cargo público por el mismo periodo que la pena de prisión.

 

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