La exmilitante socialista Leire Díez ha impugnado la decisión del juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz de ordenar a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil el acceso a su historial de llamadas y mensajes de texto de los últimos cinco años, al entender que la medida "vulnera" su derecho al secreto de las comunicaciones y supone una "injerencia" que califica de "desproporcionada" y "desmesurada".
En un escrito, la representación legal de Díez recurre el auto dictado por Pedraz en el que se acordaba este acceso, sosteniendo que "vulnera" tanto el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones como las "garantías procesales y legales más elementales", dado que, remarca, se adoptó "a raíz de una incautación y acceso a los terminales móviles nula de pleno derecho".
La abogada de Díez, Eva Bejarano, explica que el juez reclamó a las operadoras el listado de comunicaciones entrantes y salientes de los teléfonos de su clienta desde octubre de 2020 hasta diciembre de 2025, pese a que, subraya, los hechos objeto de investigación "se circunscriben al periodo temporal 2021-2023".
Intervenido "sin autorización judicial"
"El marco temporal en el que se circunscriben los hechos investigados data del periodo 2021-2023, por lo que el mero hecho de que se haya adoptado una medida de injerencia en el derecho constitucional al secreto de las comunicaciones de Leire Díez durante un periodo más extenso que aquel no sólo vulnera dicho derecho, sino todo tipo de garantías procesales y legales que deben regir en todo procedimiento penal", aduce la defensa.
Para Bejarano, esta decisión constituye una "injerencia desmesurada y desproporcionada", al tiempo que sostiene que en la intervención de los teléfonos de su patrocinada se habría producido "una irregularidad procesal nula", ya que, denuncia, se practicó "sin autorización judicial previa y con acceso ilegítimo a su contenido".
Según el recurso, la UCO se hizo con el móvil de Díez en el momento de su detención "sin autorización previa judicial" y sin "motivo aparente" distinto de "sospechas subjetivas", por lo que, a juicio de la letrada, la exmilitante socialista "difícilmente" pudo "ocultar o destruir cualquier tipo de prueba documental o archivo que conste en su teléfono".
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