La expareja del exministro José Luis Ábalos, Jessica Rodríguez, debía declarar esta mañana ante el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno, como imputada por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación en relación de su contratación en las empresas públicas Tragsatec e Ineco. No osbtante, se ha acogido a su derecho de no prestar declaración.
Además de Jéssica Rodríguez, el juez ha acordado citar como investigados para la misma jornada a Joseba García, hermano de Koldo García , y a Ignacio Zaldívar, quien ocupó responsabilidades directivas en Adif durante el periodo bajo investigación. Tanto Rodríguez como Zaldívar han solicitado aplazar sus comparecencias hasta que se resuelvan los recursos presentados contra las citaciones judiciales.
Las tres declaraciones fueron acordadas por el magistrado a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, que reclamó nuevas diligencias tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo contra Ábalos y Koldo García. En esa resolución, el alto tribunal impuso al exministro una pena de 24 años de prisión y a su exasesor una condena de 19 años y ocho meses.
Entre los hechos analizados por el Supremo figura la contratación de Jéssica Rodríguez en las empresas públicas Ineco y Tragsatec. Según la sentencia, permaneció vinculada laboralmente a ambas sociedades entre marzo de 2019 y septiembre de 2021 sin llegar a desarrollar funciones efectivas en ninguno de los puestos que ocupó.
Para Anticorrupción, estos contratos mantienen una relación directa con la investigación que continúa abierta en la Audiencia Nacional. La Fiscalía considera necesario esclarecer si existen responsabilidades penales de otras personas vinculadas a los hechos que no fueron juzgadas por el Tribunal Supremo, una línea de investigación en la que ya figura como imputada la expresidenta de Adif Isabel Pardo de Vera. En este contexto se enmarcan las citaciones de Rodríguez, de Joseba García —que trabajó en Ineco durante aquellos años— y de Ignacio Zaldívar, entonces responsable de gestión administrativa en Adif.
La sentencia del Supremo sostiene que Rodríguez no llegó a desempeñar actividad laboral alguna en las empresas públicas que la contrataron y concluye que el objetivo de la operativa investigada era que percibiera retribuciones mensuales con cargo a ambas entidades sin necesidad de prestar servicios efectivos.
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