El magistrado José Luis Calama que instruye el caso sobre el rescate de la aerolínea Plus Ultra este miércoles trasladó a las partes el último informe realizado por la UDEF. En este sentido, el magistrado no expurgó los mensajes y la vida privada de Zapatero, los cuales son totalmente ajenos a la investigación. Dichos mensajes fueron intervenidos del teléfono móvil de su secretaria, Gertrudis Alcázar, y su vida privada, de sus agendas. Asimismo, esta información fue filtrada.
La causa gira en torno al rescate público de Plus Ultra, aprobado durante la pandemia por un importe de 53 millones de euros, y al papel que pudieron desempeñar distintos intermediarios vinculados a la operación. Entre los aspectos investigados figuran también los pagos percibidos por Zapatero a través de la sociedad Análisis Relevante, propiedad de Julio Martínez Martínez, conocido como 'Julito', y considerado una figura próxima al expresidente.
En este contexto, fuentes del entorno de Zapatero consultadas por este periódico consideran que la decisión del juez Calama de trasladar a las partes documentación que incluiría contenidos de carácter privado ajenos a la investigación supone una grave intromisión en la vida personal del exjefe del Ejecutivo.
Según estas fuentes, el magistrado habría remitido material sin realizar previamente una depuración de aquellos elementos que no guardan relación con las diligencias por presunto tráfico de influencias. A su juicio, esta actuación podría constituir una vulneración de derechos fundamentales al exponer información personal que no tendría relevancia para el procedimiento judicial.
Por ello, el expresidente está estudiando la adopción de acciones legales en respuesta a la filtración de este material. Entre las posibilidades que analizan figuran la presentación de querellas y demandas por la presunta afectación de derechos vinculados a la privacidad y a la protección de datos personales.
En el día de ayer, la defensa de Zapatero mantuvo que tanto las agendas filtradas como parte de las conversaciones privadas intervenidas pertenecen a ámbitos ajenos al objeto de la investigación y sostiene que su divulgación carece de justificación procesal.
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