Raúl Asencio, absuelto en el caso de la difusión de un vídeo sexual de una menor: tres exjugadores del Real Madrid C, condenados a un año de prisión

Las víctimas perdonaron a los cuatro acusados durante el juicio, lo que permitió retirar la acusación contra Asencio por revelación de secretos. Andrés García, Ferrán Ruiz y Juan Rodríguez aceptaron su condena por distribución de pornografía infantil

04 de septiembre de 2026 a las 14:16h
Raúl Asencio, absuelto en el caso de la difusión de un vídeo sexual de una menor: tres exjugadores del Real Madrid C, condenados a un año de prisión
Raúl Asencio, absuelto en el caso de la difusión de un vídeo sexual de una menor: tres exjugadores del Real Madrid C, condenados a un año de prisión

El caso del vídeo sexual grabado en un beach club de Gran Canaria en junio de 2023 ha quedado cerrado judicialmente. El jugador del Real Madrid Raúl Asencio ha sido absuelto del delito de descubrimiento y revelación de secretos que se le imputaba, mientras que tres exjugadores del Real Madrid C —Andrés García Moreno, Ferrán Ruiz y Juan Rodríguez Lima— han sido condenados a un año de prisión por un delito de distribución de pornografía infantil.

La sentencia, dictada por la magistrada Virginia Peña Hernández, titular de la Plaza número 5 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, fue pronunciada el 3 de septiembre mediante una sentencia de conformidad. La resolución, fechada el 4 de septiembre, establece además que las partes renunciaron a recurrir, por lo que el fallo es firme. 

Un encuentro sexual consentido que terminó grabado

Los hechos se remontan al 15 de junio de 2023, cuando los cuatro futbolistas se encontraban en el Amadores Beach Club, en el municipio de Mogán, junto a tres jóvenes.

Según los hechos que la sentencia considera probados, una de las jóvenes tenía 16 años y otra era mayor de edad. Los acusados conocían la edad de la menor porque, según recoge expresamente la resolución, le habían preguntado cuántos años tenía y ella les había respondido que tenía 16.

Entre las 14.30 y las 16.30 horas, en el interior de una de las cabañas privadas del establecimiento, se produjeron relaciones sexuales consentidas entre la menor y dos de los acusados. Durante el encuentro, uno de los futbolistas comenzó a grabar las relaciones sexuales con un teléfono móvil sin consentimiento de las jóvenes. Otro de los acusados continuó posteriormente realizando grabaciones y fotografías.

La sentencia considera probado que, una vez finalizado el encuentro, dos de los acusados facilitaron las imágenes a terceras personas. La investigación permitió acreditar que los archivos fueron enviados a través de WhatsApp a diferentes contactos y grupos. Algunos de los vídeos y fotografías pudieron ser recuperados de los dispositivos, mientras que otros archivos habían sido eliminados y no pudieron recuperarse. La resolución judicial detalla numerosos envíos realizados durante los días 15 y 16 de junio de 2023.

El vídeo llegó también a Raúl Asencio

El cuarto acusado, Raúl Asencio, no participó en la relación sexual que fue grabada. Según los hechos probados, el 21 de junio de 2023 se encontraba en Las Palmas de Gran Canaria con uno de sus compañeros cuando, con conocimiento de la existencia de la grabación, solicitó a otro de los acusados que se la enviara.

El vídeo fue recibido en su teléfono en formato de una sola visualización y, posteriormente, Asencio se lo mostró a otra persona. Este comportamiento fue inicialmente incluido en la acusación por delitos contra la intimidad. Sin embargo, durante el juicio la Fiscalía retiró la acusación contra Asencio por el delito de descubrimiento y revelación de secretos.

La absolución se produce después de que las dos víctimas manifestaran expresamente su perdón a los acusados.

Las víctimas perdonaron a los cuatro acusados

Uno de los elementos determinantes del juicio fue el perdón otorgado por las dos víctimas. La sentencia recoge que ambas habían manifestado su perdón de manera expresa, libre, absoluta, inequívoca e incondicional. Las jóvenes realizaron previamente sus manifestaciones ante notario y fueron escuchadas nuevamente por la magistrada durante el juicio para comprobar que el perdón se había prestado libre y voluntariamente.

La Fiscalía consideró que este perdón podía producir efectos respecto del delito contra la intimidad, pero no respecto del delito de distribución de pornografía infantil. Por ello, la acusación por descubrimiento y revelación de secretos fue retirada y la magistrada absolvió a los cuatro acusados de ese delito.

Un año de prisión para los tres exjugadores

La situación fue distinta para Andrés García Moreno, Ferrán Ruiz y Juan Rodríguez Lima. Los tres aceptaron la calificación de los hechos realizada por la Fiscalía y fueron condenados como autores de un delito de distribución de pornografía infantil, previsto en el artículo 189.1 del Código Penal. La pena impuesta es de un año de prisión para cada uno.

Sin embargo, ninguno ingresará en prisión de manera efectiva mientras cumpla las condiciones fijadas por el tribunal. La magistrada acordó suspender las penas privativas de libertad durante un año, condicionando esa suspensión a que los condenados no vuelvan a delinquir durante ese periodo y realicen un curso de reeducación sexual. El incumplimiento de estas condiciones podría provocar la revocación de la suspensión.

Además, los tres condenados tienen prohibido aproximarse a menos de 500 metros de la víctima, de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar que frecuente, así como comunicarse con ella por cualquier medio durante dos años.

También han sido condenados a una inhabilitación especial durante tres años para cualquier profesión u oficio, remunerado o no, que implique contacto regular y directo con menores de edad.

La sentencia es firme

El tribunal señala que las partes manifestaron en el propio juicio su decisión de no recurrir, por lo que la sentencia fue declarada firme en ese mismo momento. La resolución pone así punto final al procedimiento iniciado tras la investigación de los hechos ocurridos en Gran Canaria en junio de 2023.

Raúl Asencio queda absuelto, mientras que los tres futbolistas que participaron en la grabación y posterior distribución de las imágenes han sido condenados por distribución de pornografía infantil a un año de prisión, pena que queda suspendida bajo determinadas condiciones. 

La sentencia recoge además de forma detallada los envíos de archivos realizados desde los teléfonos de los acusados y establece como hechos probados tanto la grabación sin consentimiento como su posterior distribución. 

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Sobre el autor
El periodista Luis Corpas, de ElConstitucional.es
Luis Corpas

Periodista de ElConstitucional.es

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