Varapalo al Gobierno Vasco: el juez penitenciario tumba el tercer grado a la etarra 'Anmboto' y decreta su vuelta a prisión

El responsable de Vigilancia Penitenciaria ve prematura la semilibertad de Soledad Iparraguirre y José Ramón Carasatorre y reclama una reforma del artículo del Reglamento que usa el Ejecutivo de Vitoria en estos casos

22 de abril de 2026 a las 15:17h
La etarra Soledad Iparraguirre 'Anboto' (Foto: Pool Audiencia Nacional)
La etarra Soledad Iparraguirre 'Anboto' (Foto: Pool Audiencia Nacional)

El juez de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, ha rechazado la aplicación del régimen de semilibertad del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a los que fueron miembros de ETA Soledad Iparaguirre ‘Anboto’ y Juan Ramón Carasatorre., lo que supone su vuelta a prisión. 

En sendos autos, el magistrado acuerda que ambos permanezcan en segundo grado de tratamiento penitenciario y propone al legislador modificar el artículo 100.2, que supone la flexibilización del cumplimiento de las penas, ante las excarcelaciones anticipadas sin un pronunciamiento del órgano judicial. 

Para Castro, se trata de una disfunción que no beneficia a nadie: “a la interna se le crean falsas expectativas y a las víctimas desasosiego innecesario e incluso a la ciudadanía, que ante las noticias en los medios de comunicación le resultará extraño estas decisiones de excarcelación/encarcelación”. 

En el caso de ‘Anboto’, el juez recuerda la extrema gravedad de los delitos por los que fue condenada, 10 asesinatos, tenencia de explosivos, atentados, estragos, incendios, tenencia de armas y delitos contra la Corona que se han acumulado en una pena de 30 años de prisión.

El magistrado analiza la naturaleza del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, una medida excepcional que aboca a un régimen de semilibertad y que exige una justificación individualizada de su pertinencia, como medida de flexibilización del grado. Por ello, su aplicación debe estar suficientemente justificada y debe motivarse su necesidad en el proceso de reinserción. 

Sin la progresión ordinaria

 

El auto del juez analiza los informes que obran en el expediente penitenciario de Iparraguirre que acreditan una positiva evaluación de su actitud.  Ha asumido sus delitos, abona de forma fraccionada las responsabilidades civiles, ha repudiado la violencia y ha pedido perdón a las víctimas.

Sin embargo, advierte de que la interna no ha disfrutado de permiso alguno concedido por el Juzgado, lo que impide valorar su evolución, tal y como contempla el sistema penitenciario español, a partir del principio de individualización y de progresividad. 

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Javier Ruiz de Vergara

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