El Tribunal Supremo ha rechazado este vienes la admisión a trámite de la querella que el empresario y comisionista Víctor de Aldama presentó contra la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, por un presunto delito de injurias.
Aldama, imputado en varias causas, denunció que Montero lo llamó “delincuente” en el programa de Jordi Évole en laSexta y le reclamó una indemnización de 250.000 euros.
En un auto, que ha revelado elDiario.es, la Sala de lo Penal considera que las expresiones de la vicepresidenta y ministra de Hacienda fueron “poco respetuosas” con el derecho a la presunción de inocencia del empresario, pero no suponen un delito.
“El contenido de las expresiones que se deslizan en las entrevistas son poco respetuosas con el derecho fundamental a la presunción de inocencia, pero no por ello son delictivas”, afirma la resolución de la que ha sido ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar.
El auto señala que “debería exigirse mucha más prudencia y contención en las manifestaciones públicas”. Sin embargo, subraya que el derecho penal está reservado para cuando existe “una patente una patente transgresión del derecho al honor de las personas” que no se da en este caso.
La resolución subraya que, según la propia doctrina de la Sala de lo Penal, la injuria precisa de dos elementos fundamentales: la existencia de actos o expresiones que tengan la suficiente potencia ofensiva para lesionar la dignidad de la persona y el propósito de ofender.