El Gobierno aprobará este martes en segunda vuelta la ley contra la violencia vicaria, una norma largamente reclamada por asociaciones de víctimas, juristas y profesionales de la infancia. El texto dará a esta forma de violencia machista un encaje propio en el Código Penal y reforzará las medidas civiles destinadas a proteger a niños, mujeres y otras personas del entorno familiar utilizadas por el agresor para causar daño.
La iniciativa llega al Consejo de Ministros después de meses de negociaciones entre Igualdad, Justicia y Juventud e Infancia. La primera versión fue aprobada en septiembre de 2025, pero las diferencias sobre la definición del delito, las visitas, la patria potestad y la escucha de los menores obligaron a revisar el proyecto antes de remitirlo al Congreso.
La aprobación de este martes abrirá la tramitación parlamentaria. El texto todavía podrá cambiar mediante enmiendas, aunque el Gobierno pretende conservar sus dos pilares centrales: reconocer la violencia vicaria como una manifestación específica de la violencia de género y mejorar la respuesta antes de que el daño alcance su expresión más extrema.
Un delito propio contra la integridad moral de las mujeres
La violencia vicaria aparece cuando el agresor utiliza a hijos, hijas u otras personas cercanas para controlar, castigar o provocar sufrimiento a una mujer con la que mantiene o mantuvo una relación. Puede adoptar la forma de amenazas, retenciones, manipulación, agresiones, instrumentalización de las visitas o incumplimientos dirigidos a mantener el dominio después de una separación. El asesinato constituye su desenlace más brutal.
La definición prevista amplía el círculo de personas que pueden ser utilizadas como víctimas interpuestas. Incluye a hijos y descendientes, menores sometidos a tutela, guarda o custodia, ascendientes, hermanos y hermanas y otras parejas de la mujer, incluso sin convivencia. La clave jurídica estará en acreditar que el delito fue cometido con la finalidad de causarle dolor o sufrimiento.
El proyecto incorpora un nuevo artículo 173 bis al Código Penal para configurar la violencia vicaria como delito autónomo contra la integridad moral. El texto conocido contempla penas de entre seis meses y tres años de prisión, además de la privación del derecho a tener y portar armas durante un periodo de tres a cinco años.
Este castigo se sumaría a la pena correspondiente por el delito cometido directamente contra la persona utilizada para dañar a la mujer. Un asesinato, una agresión sexual, unas lesiones o unas amenazas mantendrían su reproche penal propio, al que se añadiría la finalidad vicaria.
La norma también incorpora protocolos de detección temprana, coordinación entre administraciones, atención especializada y formación periódica para jueces, fiscales y otros profesionales que intervienen en procedimientos de violencia de género, familia o protección de menores.
Patria potestad, visitas y derecho a ser escuchados
Una de las principales modificaciones afecta a los padres condenados mediante sentencia firme por violencia de género, violencia vicaria o violencia sexual contra la pareja, la expareja o los hijos. El nuevo borrador contempla la retirada de la patria potestad, una demanda histórica de las asociaciones que defienden que la relación parental no puede mantenerse de forma automática cuando existe una condena por violencia.
El Consejo General del Poder Judicial ha respaldado en términos generales la medida, aunque ha recomendado que pueda revisarse posteriormente cuando existan razones justificadas vinculadas al interés superior del menor. Esa posibilidad pretende evitar que la privación funcione como una decisión irreversible en cualquier circunstancia.
El proyecto refuerza también el derecho de niños y adolescentes a ser escuchados antes de decidir sobre su guarda, custodia, comunicación o estancia con los progenitores. Cuando la escucha directa resulte imposible, su voluntad deberá conocerse a través de representantes sin intereses enfrentados o de profesionales y personas de especial confianza.
La exposición de un menor a situaciones de violencia vicaria pasará además a figurar expresamente como indicador de riesgo. De esta manera, los servicios sociales, la Justicia y las administraciones podrán activar medidas de protección antes de que aparezcan daños físicos irreparables.
Estas previsiones conectan con la reforma de la Ley de Protección Integral a la Infancia que el Gobierno ya ha impulsado. Ese proyecto establece que el rechazo de un menor a mantener contacto con uno de sus progenitores deberá investigarse y que cualquier decisión de ignorarlo tendrá que estar motivada. También impide que el agresor pueda vetar la atención psicológica, social o jurídica necesaria para la recuperación del niño.
Una respuesta al caso de José Bretón
El texto incorpora una pena específica para impedir que los condenados publiquen o difundan mensajes, imágenes, relatos u otros contenidos relacionados con el delito cuando esa exposición pueda menoscabar la dignidad de las víctimas o prolongar su daño psicológico.
La medida responde directamente a la polémica causada por El odio, el libro construido alrededor del testimonio de José Bretón, condenado por asesinar a sus hijos Ruth y José para provocar el mayor sufrimiento posible a su madre. La publicación fue finalmente retirada después de la oposición de Ruth Ortiz y de una amplia reacción social.
El Gobierno busca impedir que un agresor utilice medios de comunicación, editoriales o redes sociales para explotar su crimen, difundir detalles íntimos o revictimizar a quienes sobrevivieron. La prohibición podría superar los cinco años y alcanzar hasta dos décadas en los supuestos más graves contemplados por el Código Penal.
El caso Bretón convirtió la violencia vicaria en una realidad reconocible para buena parte de la sociedad española, aunque este tipo de maltrato abarca muchas conductas previas al asesinato. Las asociaciones llevan años alertando del uso de amenazas, custodias y visitas para mantener el control sobre las mujeres después de la ruptura.
68 menores asesinados y más de 1.500 en riesgo
La estadística oficial contabiliza 68 menores asesinados en contextos de violencia de género desde 2013, año en el que comenzaron a registrarse estos crímenes. Tres han muerto durante 2026. Las cifras recogen a hijos e hijas, pero dejan fuera a otros familiares o personas allegadas que también pueden ser atacadas para causar daño a una mujer.
Los últimos datos del sistema VioGén reflejan además que España mantiene 103.746 casos activos de violencia de género, de los que 53.495 corresponden a mujeres con menores a cargo. Interior ha identificado a 1.583 niños y adolescentes con riesgo de ser agredidos por el maltratador de su madre. Tres aparecen en riesgo extremo, 145 en riesgo alto y 1.435 en nivel medio.
Estas cifras muestran que la respuesta legal tendrá que funcionar también en la prevención. El reto estará en detectar el peligro, escuchar a los menores y evitar que el mantenimiento rutinario de contactos o visitas deje a las víctimas bajo el control del agresor.
Una ley retrasada por sus propias grietas
La tramitación sufrió un frenazo en febrero cuando Juventud e Infancia se desmarcó del proyecto. El departamento dirigido por Sira Rego consideraba insuficientes las garantías sobre patria potestad, visitas y escucha infantil y compartía varias de las advertencias trasladadas por organizaciones feministas y asociaciones de madres.
Más de una veintena de entidades cuestionaron que la primera redacción configurase un delito neutro que podía ser cometido indistintamente por hombres y mujeres. A su juicio, esa fórmula desdibujaba el componente machista de una violencia ya reconocida como parte de la violencia de género y podía generar inseguridad jurídica para las madres denunciantes.
El objetivo recogido por el Gobierno en su Plan Anual Normativo de 2026 corrige ese enfoque y define expresamente la violencia vicaria como una manifestación de la violencia de género. La versión que salga este martes permitirá conocer hasta dónde han llegado los cambios pactados entre los tres ministerios y qué reclamaciones quedan pendientes para el debate parlamentario.
Las asociaciones seguirán poniendo el foco en la aplicación real de la suspensión de visitas, la valoración del riesgo y la escucha de niños y adolescentes. También reclaman que la formación especializada alcance a los equipos psicosociales, servicios sociales, fiscalías y juzgados de familia para evitar que la violencia sea tratada como una simple disputa entre progenitores.
El Consejo de Ministros aprobará el proyecto este martes 14 de julio y lo enviará después al Congreso. Allí comenzarán el periodo de enmiendas, las comparecencias y la negociación parlamentaria de la que está llamada a ser la primera ley estatal dedicada específicamente a combatir la violencia vicaria.
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