La Justicia acorrala al agitador ultra Alvise: el Supremo le abre la quinta causa por amenazas al alcalde de Algeciras

La Sala de lo Penal admite la querella del regidor del PP, José Antonio Landaluce, contra de SALF y suma una nueva investigación por los desmanes del líder de SALF

19 de marzo de 2026 a las 15:36h
EuropaPress 6851999 lider acabo fiesta salf eurodiputado luis alvise perez salir declarar
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Más problemas con la Justicia del agitador ultraderechista y eurodiputado de SALF, Alvise Pérez. La Sala Penal del Tribunal Supremo ha abierto una causa al eurodiputado Luis Pérez Fernández, conocido como Alvise, para investigar la querella presentada contra él por el alcalde de Algeciras, José Antonio Landaluce (PP).

La querella se formuló por los delitos de coacciones y amenazas. El tribunal, según indica en un auto, ha apreciado indicios de este segundo delito.

“El relato contenido en la querella, unido a la documentación aportada, singularmente las capturas de pantalla y certificaciones electrónicas relativas a las publicaciones efectuadas en el canal público de Telegram gestionado por el querellado, permite apreciar, en esta fase preliminar y sin prejuzgar la calificación definitiva, la concurrencia de indicios racionales de un posible delito de amenazas condicionales del artículo 169.1 del Código Penal”, señalan los magistrados.

Para el Supremo, de los mensajes reproducidos en la querella se desprende que Alvise querellado habría anunciado de forma expresa y reiterada la difusión pública de audios, documentos y capturas de conversaciones en los que se atribuirían al querellante comportamientos presuntamente delictivos o gravemente deshonrosos, "vinculando de manera explícita la no ejecución de esa difusión a la dimisión del querellante de su cargo de Alcalde".

Coacciones no, indicios de amenaza

 

En su escrito, el Supremo afirma que los indicios no permiten acreditar el delito de coacciones de la querella, que exige una afectación directa e inmediata de la libertad de actuación mediante violencia o intimidación idónea para impedir o compeler.

Añade que ello no excluye que el resultado de la instrucción pudiera eventualmente justificar una ulterior reconsideración en cuanto a la calificación jurídica de los hechos, pero, en este estadio inicial, el encaje provisional más ajustado es el del artículo. 169.1 Código Penal (delito de amenazas condicionales).

Se trata de la quinta causa abierta por el Supremo al citado eurodiputado de Se Acabó la Fiesta (SALF) en el último año.

Las otras cuatro son por presunto acoso a dos eurodiputados que fueron en su lista; por difundir una PCR falsa del exministro de Sanidad y actual presidente de Cataluña, Salvador Illa; por el presunto acoso en redes sociales a la fiscal coordinadora de delitos de odio, Susana Gisbert, y por la financiación ilegal de SALF, los 100.000 euros que recibió del empresario Álvaro Romillo, alias 'CryptoSpain'.

En dos de esas cuatro que están ya abiertas el tribunal ha dirigido suplicatorio al Parlamento europeo para continuar con los procedimientos.

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