La audiencia preliminar en el Supremo: el comienzo de la fase final contra Ábalos

El exministro Ábalos y quien fue su asesor solicitaron comparecer desde la cárcel, pero el Tribunal Supremo les obligó a acudir presencialmente al acto de hoy

12 de febrero de 2026 a las 13:40h
La audiencia preliminar en el Supremo: el comienzo de la fase final contra Ábalos
La audiencia preliminar en el Supremo: el comienzo de la fase final contra Ábalos

Koldo García, quien fue asesor del exministro socialista, junto al propio Ábalos, ingresaron en prisión provisional en la cárcel de Soto del Real el pasado 27 de noviembre. Hoy es la primera vez que ambos abandonan el centro penitenciario durante unas horas.

Koldo y Ábalos fueron privados de su libertad por un riesgo extremo de fuga, tal y como argumentó la Fiscalía y como recogió el magistrado Leopoldo Puente en su auto de ingreso en prisión provisional, posteriormente confirmado por la Sala de Apelaciones. La pieza principal, conocida como “caso mascarillas”, inicia hoy su fase final, es decir, la audiencia preliminar del próximo juicio, también denominada vista preliminar.

Recordemos que esta investigación señala que el empresario y supuesto comisionista, Víctor de Aldama, junto a Koldo García, habrían aprovechado que el exministro socialista ocupaba su cartera para formar un grupo con el que enriquecerse mediante el suministro de mascarillas en plena pandemia. Según la instrucción, la mercantil Soluciones de Gestión entregaba material sanitario a la Administración pública, sin embargo, la adjudicación del contrato público de suministro habría sido concedida presuntamente a cambio del pago de mordidas. Son elevadas las penas de prisión que se solicitan en esta causa. Anticorrupción pide 24 años de prisión para Ábalos, 19 años y medio para Koldo y 7 para Aldama.

Las acusaciones populares, bajo la dirección letrada del Partido Popular, van más allá y solicitan 30 años de prisión para el exministro socialista y quien fue su asesor, no obstante, para el empresario mantienen la misma pena de 7 años. Estas altas peticiones no solo justifican la prisión provisional, sino que, en caso de condena, podrían traducirse en décadas de cárcel.

Lo cierto es que la prisión provisional, justificada por el riesgo de fuga, previsiblemente se mantenga durante la celebración del juicio, durante el periodo de deliberación del tribunal y hasta el día en que se conozca la sentencia. Además, a diferencia de la Audiencia Nacional, las sentencias del alto tribunal no son recurribles en vía ordinaria.

Hoy Ábalos, Koldo y Aldama han sido citados. Pero, ¿por qué acuden al alto tribunal si todavía no hay juicio señalado? Volvemos a la máquina de escribir para contártelo.

La vista preliminar, el paso previo al juicio

El artículo 785 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) detallan los pasos a seguir en este acto.

Las defensas pueden plantear, cuando lo consideren oportuno, la nulidad de actuaciones, la vulneración de derechos fundamentales o la nulidad de pruebas propuestas. Siempre se requiere la asistencia de los acusados junto a sus abogados, aunque podría avanzarse en determinados extremos si no comparecieran.

Se trata de una audiencia clave para las defensas, pues constituye la última oportunidad para evitar la celebración del juicio. Además, si así lo estiman conveniente, las partes pueden solicitar una sentencia por conformidad, es decir, reconocer algunos puntos o gran parte del escrito de acusación. En resumidas cuentas, se trata de un acto procesal que ordena y perfila el futuro juicio de la causa mascarillas.

Cabe destacar que Cerdán solicitó comparecer en la misma, pero el alto tribunal no lo consideró pertinente y hay que tener en cuenta, que no está procesado en esta causa. 

La Fiscalía, en un porcentaje muy alto, otorga credibilidad a las declaraciones de Víctor de Aldama, lo cual puede, inevitablemente, arrastrar a Ábalos y a Koldo. Además, el supuesto comisionista, en su escrito de defensa, da por probados algunos argumentos de la Fiscalía, buscando en todo momento una conformidad y evitar la prisión.

Sobre el autor
El periodista y abogado Antonio Gómez de Olea, colaborador de ElConstitucional.es
Antonio Gómez de Olea

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