La jueza de la DANA señala a Pradas y Argüeso: las muertes de La Torre pudieron evitarse "si hubieran ejercido sus funciones"

La magistrada ve "claros indicios" de negligencia en la gestión de la emergencia y sostiene que una alerta para subir a plantas altas podría haber salvado vidas; reclama nuevas pruebas al Ayuntamiento de València

13 de octubre de 2026 a las 18:00h
La exconsellera de Justicia y Emergencias de la Generalitat valenciana Salomé Pradas. Foto de archivo: Rober Solsona / Europa Press
La exconsellera de Justicia y Emergencias de la Generalitat valenciana Salomé Pradas. Foto de archivo: Rober Solsona / Europa Press

La jueza que investiga la gestión de la DANA del 29 de octubre de 2024 sitúa a los dos responsables de Emergencias del Gobierno de Carlos Mazón ante una conclusión especialmente grave. Existen "claros indicios" de que las muertes de La Torre podrían haberse evitado si la entonces consellera Salomé Pradas y su número dos, Emilio Argüeso, "hubieran ejercido sus funciones" conforme a la normativa de protección civil y al Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones.

La magistrada Nuria Ruiz Tobarra lo sostiene en un auto conocido este martes, en el que ordena nuevas diligencias para esclarecer qué información llegó a esta pedanía de València. Considera sus fallecimientos una "muestra evidente de las negligencias en la gestión de la emergencia", de la falta de avisos y de las consecuencias del retraso para quienes murieron en garajes, viviendas o vehículos.

La resolución refuerza la investigación sobre la posible responsabilidad penal de los dos exaltos cargos, que siguen investigados. La jueza vincula sus decisiones y omisiones con las posibilidades de proteger a la población de La Torre, dentro de una catástrofe que dejó 233 víctimas mortales en la provincia de Valencia, 17 de ellas en el conjunto del municipio de València.

Una alerta que no explicó el peligro

La instructora reconstruye una sucesión de fallos durante aquella jornada. Por la mañana ya existía un aviso rojo de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), hubo bomberos forestales que no fueron movilizados para vigilar cauces y la convocatoria del Centro de Coordinación Operativa Integrado (CECOPI) fue, según el auto, "anormalmente" tardía.

A ello se sumó la lentitud en las decisiones. La alerta masiva ES-Alert llegó a los móviles a las 20:11, después de las vacilaciones y discusiones jurídicas y lingüísticas que recoge la magistrada. Su contenido tampoco advertía de riesgos concretos como bajar a un garaje o permanecer en la planta baja de una vivienda.

En La Torre no llovía y, según razona la jueza, sus habitantes carecían de información suficiente para comprender el peligro que se aproximaba. Siete personas murieron en el garaje de la calle Mariano Brull. Otras fallecieron cuando regresaban del trabajo o estaban en sus casas, entre ellas un hombre con movilidad reducida.

La resolución examina también los cambios en los borradores del aviso. Uno recomendaba permanecer en los domicilios y otra propuesta planteaba subir a plantas altas para los municipios situados aguas abajo de la presa de Forata. Aunque esta última se refería a otra zona, la jueza considera que esa instrucción habría sido útil en La Torre.

El mensaje de subir a pisos altos, sostiene, "podría haber salvado vidas en La Torre, de haberse enviado antes de las 20:57 horas". El auto señala así una cuestión central para determinar las responsabilidades, si una advertencia a tiempo y con instrucciones adecuadas habría permitido a las víctimas ponerse a salvo.

Pradas tenía el mando de la emergencia

La magistrada vuelve a señalar quién debía tomar las decisiones. Pradas era el mando único en la situación 2 de emergencia prevista por el Plan de Inundaciones. Cuando asumió que esa responsabilidad recaía en ella, afirma la jueza, su actuación ya fue "tardía y errónea".

El auto cuestiona además que la exconsellera siga defendiendo una codirección del CECOPI y apelando a la normativa estatal para desplazar la autonómica. La instructora recuerda que la Audiencia Provincial de Valencia ha resuelto reiteradamente sobre ese marco de competencias y reprocha que esas explicaciones contradigan sus resoluciones.

También rechaza la justificación de Argüeso, que declaró que no tenía por qué acudir al CECOPI. La jueza recuerda que la convocatoria correspondía a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, organismo que dirigía como secretario autonómico. Considera su explicación difícilmente comprensible y la relaciona con su escasa o nula intervención.

La investigación continúa mientras se conocen las presiones que la propia magistrada denunció en marzo ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Según la información publicada este martes por 'El País', Ruiz Tobarra atribuyó al abogado Rubén Gisbert una estrategia para apartarla de la causa y denunció grabaciones que consideraba ilícitas. El CGPJ archivó en septiembre la queja sobre la supuesta intervención de su marido en las declaraciones de testigos.

En el auto sobre La Torre, la jueza recuerda que su alcalde pedáneo, Rafael Arnal, declaró que no recibió avisos directos del Centro de Coordinación de Emergencias. El aviso rojo de AEMET le llegó a través de un chat en el que lo remitió la alcaldesa de València, María José Catalá.

Ahora requiere al Ayuntamiento que, en cinco días, identifique al funcionario adscrito a La Torre aquella jornada y aporte las comunicaciones enviadas a la alcaldía pedánea entre las 7 y las 21 horas, incluidas las procedentes de otros organismos públicos. También cita como testigo al alcalde pedáneo de Forn d'Alcedo, que podrá entregar voluntariamente mensajes sobre la emergencia, aunque rechaza incorporar de forma general el chat de los alcaldes pedáneos.

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Jaime Barrionuevo, redactor de ElConstitucional.es
Jaime Barrionuevo

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