La compra del inmueble vinculado a la Comunidad de Madrid ha vuelto a situarse bajo el foco después de que el abogado Javier Flores, que ha denunciado la operación, explicara en La Hora de La 1 las diferencias entre adquirir el inmueble directamente desde la Administración o hacerlo a través de la empresa pública Planifica Madrid. En conversación con Silvia Intxaurrondo, Flores puso el acento en los controles administrativos que, según sostiene, se habrían aplicado mediante la vía ordinaria.
El abogado señaló que, si la adquisición se hubiera realizado a través de la Dirección General de Patrimonio, habría sido necesario abrir un expediente administrativo y justificar documentalmente la necesidad de disponer de ese espacio. También habría tenido que explicarse por qué se escogía ese inmueble concreto frente a otras alternativas y dotar presupuestariamente la operación.
Flores destacó además la cuantía de la compra, que supera los tres millones de euros, y aseguró que, mediante la vía ordinaria, la operación habría tenido que pasar por el Consejo de Gobierno y la Asamblea de Madrid. Se trataría, según su explicación, de controles previos destinados a fiscalizar la operación antes de que se produjera, y no de comprobaciones posteriores.
Javier Flores denuncia la compra de un ático por parte de la CAM: "De haberse adquirido por la vía ordinaria, que es la Dirección General de Patrimonio, habría habido un expediente administrativo (…) Es decir, habría habido una serie de controles previos, no posteriores" pic.twitter.com/nEfiKES86k
— La Hora de La 1 (@LaHoraTVE) August 11, 2026
La diferencia, según el abogado, está en el régimen jurídico de Planifica Madrid, que se encuentra sometida mayoritariamente al derecho civil y mercantil y no a las mismas obligaciones administrativas. Flores cuestionó además que la operación encaje con la actividad habitual de esta empresa pública, dedicada principalmente a inversiones regionales como centros de mayores, parques de bomberos o instalaciones municipales. “No es una inmobiliaria, por decirlo claramente”, afirmó, aunque reconoció que entre sus funciones figura la compra y venta de inmuebles.
Además, según Flores, el expediente recoge la adquisición de una vivienda por parte de una empresa pública de la Comunidad de Madrid. La explicación inicial, según relató, fue que el inmueble se utilizaría temporalmente como espacio de oficinas mientras se acometían obras en la sede de la Casa de Correos de la Puerta del Sol. Sin embargo, el abogado sostiene que cuando se formalizó la compra, en abril, esas obras todavía no estaban documentadas.
“El expediente de las obras se inicia prácticamente siete semanas después”, señaló Flores. A esta circunstancia añadió otra cuestión que considera relevante: según su explicación, el inmueble no permite por su uso urbanístico instalar una oficina. El abogado puso así en duda que la vivienda pudiera cumplir legalmente la función para la que, según la justificación ofrecida, habría sido adquirida.
Flores también señaló a la Dirección General de Patrimonio, dependiente de la Consejería de Hacienda, como el organismo encargado de determinar las necesidades de espacios de trabajo para los funcionarios de la Comunidad de Madrid. Según afirmó, no consta o no se ha mostrado “ningún encargo” ni “ningún informe de necesidad” de este organismo que acreditase que en aquel momento era necesario disponer temporalmente de unas oficinas con esas características. Una serie de circunstancias que, a su juicio, plantea interrogantes sobre la operación y sobre la justificación utilizada para adquirir el inmueble.
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