Abierto el plazo para presentar las candidaturas al Congreso y al Senado que se publicarán en el BOE: este es el calendario oficial

Los partidos, coaliciones y agrupaciones de electores dispondrán de seis días para presentar sus listas, mientras las Juntas Electorales Provinciales revisarán avales, paridad y posibles irregularidades antes de la proclamación definitiva

20 de octubre de 2026 a las 11:42h
| Actualizado: 20 de octubre de 2026 a las 11:54h
Una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados. Jesús Hellín / Europa Press
Una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados. Jesús Hellín / Europa Press

Los partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores podrán registrar desde este miércoles, 21 de octubre, sus candidaturas al Congreso y al Senado para las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, un plazo que permanecerá abierto en las distintas Juntas Electorales Provinciales hasta las doce de la noche del lunes 26 de octubre.

Según el calendario electoral, las formaciones tendrán seis días naturales para presentar sus listas en las circunscripciones en las que quieran concurrir, una vez cerrado ese registro, las candidaturas se publicarán en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el miércoles 28 de octubre.

No obstante, esa publicación no será definitiva, ya que las juntas electorales dispondrán de los dos días siguientes para comunicar las irregularidades apreciadas o denunciadas en las candidaturas, que podrán ser subsanadas por las formaciones en un plazo de 48 horas desde su notificación.

Una vez completada esa revisión, las juntas tendrán hasta el lunes 2 de noviembre para proclamar las candidaturas, que se publicarán en el BOE al día siguiente, martes 3 de noviembre. Después, las formaciones podrán recurrir esa proclamación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo entre el 4 y el 5 de noviembre, con un plazo de dos días para su resolución, y posteriormente acudir en amparo al Tribunal Constitucional, que deberá decidir en tres días.

Además, durante la campaña electoral se podrán presentar recursos ante la Sala Especial del Tribunal Supremo, cuyas decisiones también podrán recurrirse ante el Tribunal Constitucional.

Menos coaliciones registradas que en 2023

Podrán presentar candidaturas los partidos y federaciones inscritos en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior, así como las coaliciones electorales constituidas y comunicadas a la Junta Electoral correspondiente hasta este viernes por la noche.

En esta ocasión se han registrado nueve coaliciones electorales ante la Junta Electoral Central, de las cuales dos concurren exclusivamente al Congreso, tres al Senado y otras cuatro son de ámbito autonómico y se presentan a ambas cámaras. En las elecciones de 2023 concurrieron doce coaliciones: tres de ámbito nacional, una del Senado y ocho autonómicas.

La coalición más relevante para el 29N en la Cámara Baja es la de Frente Amplio, encabezada por Ada Colau y Emilio Delgado, que finalmente no llegó a un acuerdo con Podemos, salvo en Canarias y Comunidad Valenciana. Para el Senado, la alianza más destacada es la conformada entre PSOE y Frente Amplio en la mayoría de las circunscripciones.

También hay coaliciones que, al afectar a una única circunscripción, se han presentado en las Juntas Electorales Provinciales, como la impulsada por Més y Frente Amplio en Baleares o la de UPN y PP en Navarra.

Avales para partidos sin representación y requisitos para agrupaciones

En el caso de los partidos, federaciones y coaliciones que no obtuvieron representación en ninguna de las dos cámaras en las últimas elecciones generales, será necesario reunir firmas de, al menos, el 0,1% de los electores inscritos en el censo de cada circunscripción por la que pretendan concurrir.

Es el caso, por ejemplo, de Democracia 21, que se ha conformado como coalición con Ciudadanos y UCIN, y que quiere presentarse en las circunscripciones de Madrid y Barcelona. En la primera provincia deberán presentar al menos unas 5.500 firmas y en la segunda, al menos, unas 4.400.

Las agrupaciones de electores también podrán presentar listas, aunque en su caso deberán contar con el respaldo de, al menos, el 1% de los electores inscritos en el censo de la correspondiente circunscripción. Ningún elector podrá avalar con su firma más de una candidatura.

A diferencia de los partidos políticos, estas agrupaciones se constituyen exclusivamente para participar en un proceso electoral concreto, sin necesidad de inscribirse en el Registro de Partidos Políticos y sin posibilidad de presentar candidaturas conjuntas que abarquen varias circunscripciones.

Paridad obligatoria y listas cremallera

Otra de las exigencias que deberán cumplir las candidaturas es el respeto al principio de paridad electoral, que exige por primera vez en unas elecciones generales que las listas al Congreso estén integradas por mujeres y hombres ordenados de forma alternativa.

Hasta ahora, la Ley Electoral exigía que las listas incluyeran al menos un 40% de candidatos de cada sexo, sin que ninguno pudiera superar el 60%, una proporción que también debía respetarse en cada tramo de cinco puestos. Sin embargo, la reforma introducida por la Ley Orgánica 2/2024, de representación paritaria, ha sustituido ese sistema por las denominadas listas cremallera por género.

Esta composición paritaria deberá respetarse en el conjunto de las candidaturas, sin separar titulares y suplentes, y también será obligatoria cuando las candidaturas al Senado se agrupen en listas. De esta manera, la composición de ambas Cámaras quedará prácticamente paritaria.

Las cifras de 2023, en referencia

En las elecciones del verano de 2023, las Juntas Electorales Provinciales proclamaron un total de 1.090 listas a las Cortes Generales, de ellas 550 al Congreso y 540 al Senado, 186 menos que en 2019. En la criba quedaron fuera 66 candidaturas de formaciones extraparlamentarias por errores, por no cumplir los requisitos o, sobre todo, por no adjuntar los avales necesarios.

En total, 4.892 candidatos compitieron el 23 de julio de 2023 por los 350 escaños del Congreso y los 208 del Senado, un número que este año será uno más tras el cambio constitucional que permitió la creación de un senador propio para la isla de Formentera. Eso dejó una media de diez aspirantes por cada plaza en la Cámara Baja y de 5,5 por cada asiento en el Palacio del Senado.

Sobre el autor
Alexis Sánchez Díaz, redactor de ElConstitucional.es
Alexis Sánchez

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