La Junta Electoral Central (JEC) ha rechazado este jueves abrir un nuevo expediente sancionador a Pedro Sánchez por sus declaraciones durante el Consejo Europeo de la semana pasada. El organismo archiva las dos denuncias del PP al considerar insuficientes los elementos para iniciar ese procedimiento, aunque recuerda al presidente su obligación de mantener la neutralidad institucional durante el periodo electoral.
Los 'populares' habían solicitado que se declarara una vulneración del artículo 50.2 de la ley electoral, se retiraran las declaraciones de los canales institucionales y se abriera un expediente. La resolución examina por separado las intervenciones del 15 y del 16 de octubre y descarta iniciar un procedimiento sancionador por cualquiera de ellas.
En la primera, Sánchez habló de la sostenibilidad de las pensiones, acusó al PP y Vox de ponerlas en riesgo y defendió la aspiración socialista de ganar también el Senado. La JEC considera que excedió la exposición de los asuntos del Consejo Europeo y aprecia expresiones "difícilmente conciliables con las exigencias de neutralidad institucional". Sin embargo, tiene en cuenta que fue una atención informal a periodistas y que no ha quedado suficientemente acreditado que se tratara de un acto organizado o financiado por los poderes públicos.
La comparecencia del día 16 sí tuvo carácter institucional y se celebró con medios públicos, en la sede de la Representación Permanente de España ante la UE. La Junta sitúa "en el límite de lo admisible" la afirmación de que era "muy necesario" un "gobierno progresista en España", pero concluye que las declaraciones, valoradas en conjunto y atendiendo a su contexto, no alcanzan entidad suficiente para abrir expediente. Aun así, requiere a Sánchez que respete el deber de neutralidad y evite manifestaciones contrarias al artículo 50.2 en actos institucionales.
El expediente de Moncloa sigue abierto
La obligación de neutralidad se aplica desde la convocatoria electoral hasta la votación, sin esperar al inicio de la campaña. El artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) prohíbe los actos organizados o financiados por los poderes públicos que incorporen alusiones a logros de gestión o expresiones coincidentes con las campañas de las candidaturas. El Gobierno puede seguir ejerciendo sus funciones e informar de sus acuerdos durante ese periodo.
El archivo de este jueves corresponde a hechos distintos de los que motivaron el expediente abierto el 15 de octubre por la rueda de prensa del día 6 en Moncloa, tras la aprobación de dos nuevos decretos de vivienda. En aquel caso, la JEC apreció elementos para investigar una posible infracción y ordenó retirar determinadas declaraciones de los canales oficiales. Ese procedimiento sigue abierto y su incoación no equivale a una sanción ya impuesta.
En la misma reunión de este jueves, la Junta también ha archivado una denuncia de la ultraderecha Vox por la difusión institucional de las medidas de vivienda, publicadas en los canales de Moncloa. Considera que el mensaje se limita a exponer objetivamente los acuerdos del Consejo de Ministros y carece, en su conjunto, de las connotaciones electoralistas prohibidas por la ley.
Distinto ha sido el resultado de la denuncia del PP contra el socialista Víctor Ruiz de Diego por una publicación en Instagram que utilizaba signos distintivos populares y les atribuía medidas como recortes de pensiones. La JEC la estima parcialmente y ordena retirar inmediatamente los mensajes, al considerar que sus elementos gráficos pueden inducir a error sobre la autoría y vulnerar el principio de transparencia electoral. También en este caso rechaza abrir un expediente sancionador.