El Grupo Popular en el Senado ha registrado este jueves ante el Tribunal Supremo el recurso con el que pretende conseguir que los ministros convocados por la Cámara Alta comparezcan antes de que termine agosto. La formación solicita medidas "cautelarísimas", una respuesta judicial reservada para situaciones de especial urgencia que puede adoptarse inicialmente sin escuchar al Gobierno.
La petición busca que la Sala Tercera ordene de manera provisional al Ejecutivo "cesar en su conducta de impedir o eludir las comparecencias reclamadas por el Senado" y acudir a las sesiones que todavía puedan celebrarse durante los próximos días.
El PP reclama además que el Gobierno adopte en un máximo de 24 horas las decisiones necesarias para facilitar la presencia de los ministros, comunique inmediatamente sus disponibilidades al Senado y permita convocar las comisiones antes del 31 de agosto. Ese plazo de 24 horas comenzaría a operar únicamente si el Supremo acepta la medida solicitada. Los populares también piden que el Ejecutivo se abstenga de condicionar su presencia en la Cámara Alta a las comparecencias que ha promovido para la próxima semana en el Congreso.
El recurso se ha presentado por el procedimiento especial para la protección de derechos fundamentales. La defensa jurídica del PP sostiene que la negativa de los ministros ha impedido a los senadores ejercer una de las funciones esenciales de su cargo, la fiscalización de la acción del Gobierno.
Las medidas "cautelarísimas" están reguladas en el artículo 135 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La norma permite al tribunal resolver en un plazo de hasta dos días y sin audiencia previa de la otra parte cuando aprecia una situación de especial urgencia.
El Supremo puede adoptar o rechazar directamente la medida. También puede descartar la urgencia extraordinaria y tramitar la petición como un incidente cautelar ordinario, con audiencia del Gobierno. Si acepta inicialmente lo solicitado por el PP, tendrá que escuchar después al Ejecutivo y decidir si mantiene, modifica o levanta la orden provisional.
El Senado reclama su propio control
El calendario constituye la base de la urgencia alegada por el Grupo Popular. El 1 de septiembre comienza el periodo ordinario de sesiones y el recurso sostiene que una resolución dictada varios meses después ya no permitiría recuperar el momento político en el que debían producirse las comparecencias.
El PP considera que el Gobierno carece de capacidad para elegir unilateralmente ante cuál de las dos Cámaras de las Cortes Generales rinde cuentas. Su escrito defiende que una comparecencia solicitada por el propio Ejecutivo en el Congreso no puede reemplazar una convocatoria aprobada y tramitada por el Senado.
La formación plantea así un conflicto sobre el alcance de la autonomía parlamentaria. La Constitución atribuye a las Cortes la función de controlar al Gobierno y reconoce a las Cámaras y sus comisiones la posibilidad de reclamar la presencia de los miembros del Ejecutivo.
El recurso invoca también el artículo 23.2 de la Constitución, que protege el ejercicio de las funciones vinculadas al cargo representativo. Los populares entienden que las ausencias impiden a sus senadores formular preguntas, pedir explicaciones y fiscalizar la actuación de los departamentos implicados en la crisis de Ceuta.
Las convocatorias afectaban a los ministros de Interior, Fernando Grande-Marlaska; Exteriores, José Manuel Albares, y Defensa, Margarita Robles. Marlaska ha vuelto a ausentarse este jueves de la Comisión de Interior, después de faltar a una primera convocatoria celebrada el 12 de agosto.
El Gobierno ha anunciado que varios ministros comparecerán la próxima semana en el Congreso para informar sobre la situación de Ceuta y ha defendido que sus responsables están centrados en la gestión de la crisis. El PP rechaza que esas explicaciones puedan sustituir el control solicitado por la Cámara Alta.
La posible concesión de las medidas tendría carácter provisional y no resolvería todavía el fondo del recurso. La Sala Tercera dispone ahora de hasta dos días para apreciar o rechazar la especial urgencia alegada por el Grupo Popular.
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