La Fiscalía carga contra la audiencia exprés del polémico juez Peinado en el 'caso Begoña Gómez': "No es aceptable pasar por encima de los profesionales"

El fiscal censura la "precipitación" del magistrado al convocar con 24 horas el trámite previo al juicio, aunque rechaza anularlo porque Cristina Álvarez estuvo representada por su abogado y no sufrió una indefensión efectiva

28 de septiembre de 2026 a las 19:45h
El juez del "caso Begoña", Juan Carlos Peinado. EP
El juez del "caso Begoña", Juan Carlos Peinado. EP

La Fiscalía Provincial de Madrid ha lanzado un duro reproche contra el polémioc juez Juan Carlos Peinado por la carrera contrarreloj con la que el magistrado cerró la investigación contra Begoña Gómez antes de jubilarse. El Ministerio Público considera que el polémico instructor pudo "extralimitarse" y mostró "escasa sensibilidad" hacia las partes al convocar de un día para otro la audiencia previa al juicio.

"No es deseable ni aceptable pasar por encima de los profesionales", sostiene el fiscal José Manuel San Baldomero en un escrito fechado el pasado 20 de septiembre. El representante del Ministerio Público cuestiona unos tiempos que considera alejados del funcionamiento habitual de los tribunales y que obligaron a los abogados a reorganizar su trabajo a toda prisa para poder asistir.

El pronunciamiento resulta especialmente contundente porque aparece dentro de un informe contrario al recurso presentado por la defensa de Cristina Álvarez, la asistente de Gómez en La Moncloa. La Fiscalía entiende que la audiencia celebrada el 8 de septiembre conserva su validez, pero aprovecha su respuesta para retratar la precipitación con la que Peinado condujo las últimas semanas de una instrucción abierta durante más de dos años.

El magistrado convocó a las partes con apenas 24 horas de antelación. Las defensas de Gómez y Álvarez solicitaron aplazar la cita. El abogado de la esposa del presidente del Gobierno, Jaime Campaner, tenía compromisos profesionales en Barcelona y tuvo que tomar un vuelo urgente para llegar a Madrid. La audiencia comenzó 45 minutos tarde para esperarle.

Cristina Álvarez se encontraba fuera de España y había comunicado que regresaría el 28 de septiembre. Peinado rechazó cambiar el señalamiento y reprochó a la investigada su ausencia. La Fiscalía corrige también ese planteamiento y recuerda que salir del país "en modo alguno supone un quebrantamiento ni supone colocarse fuera de la disposición del tribunal".

La presencia física de Álvarez tampoco era obligatoria en esa audiencia. Su abogado acudió y pudo intervenir, por lo que el fiscal considera que no existió una indefensión real que obligue a repetir el trámite. Esa conclusión jurídica no rebaja la dureza empleada contra la actuación del instructor.

La última carrera de Peinado antes de jubilarse

El escrito fiscal señala que "no es usual, habitual ni normal" semejante precipitación al fijar trámites y horarios. También describe las "situaciones ciertamente extrañas" provocadas a los profesionales y menciona los "intensos y afortunados viajes" necesarios para llegar a tiempo a la comparecencia.

"Más allá de que el instructor haya podido extralimitarse y mostrar de nuevo escasa sensibilidad con el resto de intervinientes, la infracción de la norma no lleva aparejada la nulidad si no causa una indefensión real y efectiva", explica San Baldomero.

Peinado justificó su negativa a retrasar la audiencia en el deber de celeridad recogido por la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado. La norma establece que, una vez presentados los escritos de las partes, el juez debe convocar lo antes posible el trámite en el que se decide si procede abrir juicio oral.

La Fiscalía admite que esperar hasta el regreso de Álvarez podía chocar con esa obligación y considera que la previsión de celebrar la audiencia durante septiembre era lógica. El problema aparece en la forma elegida por Peinado, que aceleró los plazos hasta convocar a los abogados prácticamente sin margen y terminó retrasando el propio acto para que pudieran llegar.

El magistrado acordó pocos días después enviar a Begoña Gómez ante un jurado popular por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación. Cristina Álvarez será juzgada como supuesta cooperadora necesaria en la malversación. La Fiscalía sostiene que los hechos investigados no constituyen delito y reclama la absolución de ambas, mientras la acusación popular encabezada por la organización ultracatólica Hazte Oír solicita 13 años de cárcel para Gómez y seis para su asistente.

La causa comenzó en abril de 2024 a partir de una denuncia de Manos Limpias sustentada en informaciones periodísticas. Durante la instrucción, la Audiencia Provincial de Madrid ha recortado parte del perímetro abierto por Peinado y ha descartado varios delitos que el magistrado trató de mantener dentro de la investigación.

Peinado se ha jubilado este domingo al alcanzar los 72 años, la edad máxima para continuar en servicio activo. La Audiencia Provincial asumirá ahora el procedimiento y designará al magistrado encargado del juicio, que deberá estudiar las cuestiones previas y las posibles peticiones de nulidad. El antiguo instructor ha dejado la toga después de culminar su carrera contra Gómez con una velocidad que la propia Fiscalía ha calificado de "inusual, precipitada y nada normal".

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Jaime Barrionuevo, redactor de ElConstitucional.es
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