El regreso de Puigdemont a Cataluña cada vez más cerca: el juez Llarena da un paso atrás y deja al tribunal del 'procés' decidir sobre la amnistía

El instructor da por terminada su fase de instrucción sobre el expresidente catalán y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig; mantiene, sin embargo, que subsisten los indicios del proceso y que ahora corresponde al órgano que juzgó el caso

03 de noviembre de 2026 a las 16:34h
El presidente de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont. Fuente: Belga / Europa Press.
El presidente de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont. Fuente: Belga / Europa Press.

El juez Pablo Llarena ha cerrado la causa que instruyó en el Tribunal Supremo contra Carles Puigdemont y ha trasladado a la Sala de lo Penal la decisión final sobre la aplicación de la ley de amnistía. El magistrado, según un auto recogido por Europa Press, da así por concluida su fase de instrucción y deja en manos del órgano que juzgó el caso la extinción de la responsabilidad penal.

El instructor, que investigó el procés, también levanta el procesamiento de Toni Comín y Lluís Puig, y mantiene la misma tesis que ya había anticipado en octubre: la amnistía resulta aplicable al delito de malversación por el que estaban encausados.

La amnistía avanza, pero el Supremo conserva la última palabra procesal

Llarena sostiene que la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional en la sentencia que concedió el amparo a la exconsejera Dolors Bassa es extensible a Puigdemont. Con ese criterio, desestimó el recurso presentado por la acusación popular de Vox contra su decisión de dejar sin efecto las órdenes de detención contra Puigdemont, Comín y Puig.

El magistrado recuerda que la resolución del Constitucional debe aplicarse, aunque no comparta sus razones, y subraya que su discrepancia no puede condicionar ni retrasar el cumplimiento de lo resuelto por la corte de garantías. En ese mismo auto, además, reprochó falta de “mesura” en la sentencia del órgano constitucional.

La decisión de octubre, insiste ahora, se limitaba al alzamiento de las órdenes de detención y no equivalía a cerrar de forma definitiva el procedimiento. Tampoco sustituía la resolución que corresponde sobre la extinción de la responsabilidad y el sobreseimiento, una tarea que el propio juez remite ahora a la Sala de lo Penal. La Sala ya ha aplicado la amnistía al exvicepresidente Oriol Junqueras y a los exconsejeros Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull, en una línea que ahora vuelve a marcar el recorrido de las piezas aún pendientes del caso.

El juez mantiene los indicios, pero los separa del efecto de la ley

Llarena afirma que la ley de amnistía al procés, en vigor desde 2024, y el amparo concedido hace un mes por la mayoría del Tribunal Constitucional, su sector denominado progresista impiden mantener el procesamiento de Puigdemont. El auto recuerda que esa doctrina descarta que la financiación pública del referéndum del 1 de octubre de 2017 constituya, por sí sola, el beneficio patrimonial personal que excluye la amnistía.

Al mismo tiempo, el instructor aclara que la imposibilidad de seguir con la persecución penal no deriva de una despenalización general de la malversación o de la desobediencia, ni tampoco de que hayan desaparecido los indicios que llevaron al procesamiento. La causa queda afectada, según su razonamiento, por la decisión legislativa de amnistiar las conductas investigadas y por el alcance que le ha dado la mayoría del Constitucional.

El magistrado añade que siguen existiendo indicios de participación de Puigdemont, Comín y Puig, los mismos que sustentaron su procesamiento en 2018. En aquella resolución se les atribuyó haber usado las facultades de sus cargos en el Govern para organizar y financiar con fondos públicos el referéndum del 1-O, desatendiendo las prohibiciones del Constitucional y del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, dentro de una estrategia orientada a imponer unilateralmente la independencia al margen del orden constitucional y del estatuto autonómico.

Puigdemont y Comín pierden otra vía en el Supremo, pero no recuperan una causa abierta

En otro auto recogido también por Europa Press, Llarena ha desestimado los recursos de Puigdemont y de Comín para que la causa fuera remitida a los juzgados de Cataluña después de que "desapareciera la imputación por sedición". El juez responde que conservó la competencia del Supremo porque la malversación investigada incluía actos de contratación y disposición de fondos realizados fuera de España.

"Que los gastos se imputaran a un departamento con sede en Barcelona no significa que todos los actos necesarios para realizarlos se ejecutaran allí", razona el magistrado. Con esa argumentación, rechaza la pretensión de enviar el caso a la jurisdicción catalana.

Llarena también descarta que la tramitación paralela de una causa ante el Tribunal de Cuentas suponga una doble persecución de los mismos hechos. Y precisa que esta última desestimación no modifica el alzamiento de las órdenes nacionales de detención acordado el mes pasado, que siguen sin efecto.

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Carlota Pastor, redactora de ElConstitucional.es
Carlota Pastor

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