La retirada de Elisa Mouliaá de la causa contra Íñigo Errejón no libera al ex político de la Justicia: podría ir a juicio igualmente

La Audiencia Provincial de Madrid deberá resolver sobre el recurso contra el procesamiento del exdiputado de Sumar

05 de febrero de 2026 a las 08:29h
El ex portavoz de Sumar en el Congreso Iñigo Errejón sale de declarar en los juzgados de Plaza de Castilla, junto a su abogada.
El ex portavoz de Sumar en el Congreso Iñigo Errejón sale de declarar en los juzgados de Plaza de Castilla, junto a su abogada.

Este martes, la actriz Elisa Mouliáa publicaba en sus redes sociales un comunicado en el que anunciaba su decisión de retirar la acusación particular en el proceso por abuso sexual contra Íñigo Errejón: “He decidido retirar mi acusación particular en el proceso por abuso sexual contra Íñigo Errejón. No es una retractación, es un límite”.

En su perfil de X adjuntaba además una imagen del escrito, del que se desprende que los motivos del desistimiento son personales y de salud.

Según fuentes de la instrucción en Plaza de Castilla, dicho escrito aún no ha llegado al magistrado instructor Adolfo Carretero, por tanto, no ha sido trasladado al resto de las partes. Por ello, volvemos a la máquina de escribir para adelantarte qué es lo que previsiblemente puede ocurrir en el ya conocido “Caso Errejón”.

En su escrito de acusación, la actriz solicitaba una pena de tres años de prisión por un delito continuado de abuso sexual. Por su parte, la Fiscalía no apreciaba indicios de delito y la defensa de Errejón interesaba su libre absolución.

Sin embargo, existe un actor más en esta ecuación: la acusación popular, ejercida por la asociación Adive (Asociación de Defensa Integral de Víctimas Especializada), que continúa personada en el procedimiento penal.

Nuestro ordenamiento jurídico permite el ejercicio de la acción popular aun cuando quien la ejerce no sea el ofendido directo por el delito, como ocurre en este caso. En la práctica, y de confirmarse el desistimiento de Mouliáa —pendiente de aceptación por parte del juez Carretero—, la acusación popular sería la única parte que impulsaría la acción penal en un eventual juicio, dado que la Fiscalía no aprecia la comisión de delito alguno. La pregunta, por tanto, es clara: ¿se sentará Errejón en el banquillo?

La limitación de la acusación popular

Tal y como señalábamos en el apartado anterior, la acusación popular se mantiene, no obstante, el Tribunal Supremo ya ha delimitado que el interés individual de un caso concreto debe ser defendido por la persona directamente afectada, es decir, la acusación particular o mediante fiscalía, mientras que el interés general, de colectivo o de grupo que defiende la acusación popular decae cuando ni la acusación particular ni el ministerio público impulsan la acción penal.

Un ejemplo entre otros, es la conocida “Doctrina Botín”, surgida a raíz del proceso en el que se investigó a Emilio Botín por un presunto delito fiscal y que marcó la forma de actuar de los juzgados en aquellas situaciones en las que la acusación popular queda como única impulsora del procedimiento. En el caso Errejón, podría darse una situación similar.

Con todo, la respuesta definitiva a la cuestión de si habrá o no juicio contra el exdiputado de Sumar está ahora en manos de la Audiencia Provincial de Madrid, que debe resolver el recurso interpuesto contra su procesamiento.

Este próximo lunes está prevista su deliberación y, si finalmente el tribunal considera que procede el procesamiento, la acusación popular podría lograr que Errejón se siente en el banquillo, si bien la defensa siempre podrá invocar la interpretación del Supremo sobre cómo deben actuar los jueces en este tipo de escenarios.

Por el contrario, si la Audiencia Provincial de Madrid concluye que no procede el procesamiento, el caso Errejón quedará definitivamente archivado.

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El periodista y abogado Antonio Gómez de Olea, colaborador de ElConstitucional.es
Antonio Gómez de Olea

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