El Supremo enfría la "victoria rotunda" de Puigdemont y mantendrá su orden de detención pese al aval del TJUE

El Alto Tribunal sostiene que Luxemburgo no ha examinado la exclusión del expresident de la amnistía por malversación y avisa de que “esa circunstancia no cambia”

16 de julio de 2026 a las 20:10h
El presidente de Junts, Carles Puigdemont. Foto de Archivo: Glòria Sánchez / Europa Press
El presidente de Junts, Carles Puigdemont. Foto de Archivo: Glòria Sánchez / Europa Press

El regreso de Carles Puigdemont tendrá que esperar. El Tribunal Supremo mantendrá activa la orden nacional de detención contra el expresidente de la Generalitat, pese a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea haya declarado este jueves que la ley de amnistía es compatible con el Derecho comunitario.

La posición del Alto Tribunal, trasladada por fuentes jurídicas, ha llegado pocas horas después de que Puigdemont proclamara una “victoria rotunda” del independentismo en Europa. El líder de Junts había advertido de que mantener su exclusión de la amnistía supondría enfrentarse al Derecho europeo. La respuesta procedente del Supremo rebaja esas expectativas y descarta cualquier cambio inmediato en su situación procesal.

La clave reside en el alcance de la sentencia dictada en Luxemburgo. El TJUE ha examinado las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional, relacionadas con los intereses financieros de la Unión, los delitos de terrorismo y distintos aspectos procesales de la ley. La negativa del Supremo a amnistiar la malversación atribuida a Puigdemont quedaba fuera de esas consultas.

Por esa razón, las fuentes jurídicas sostienen que el pronunciamiento europeo “nada dice” que contradiga la decisión adoptada por el juez Pablo Llarena. La orden seguirá vigente mientras el Tribunal Constitucional resuelve el recurso de amparo presentado por el expresident o el propio instructor modifica su criterio.

La malversación mantiene activa la orden de detención

Llarena decidió en julio de 2024 que la amnistía no podía aplicarse a Puigdemont por el delito de malversación relacionado con la organización del referéndum del 1 de octubre de 2017. El artículo primero de la ley excluye los actos que hayan proporcionado un beneficio personal de naturaleza patrimonial.

El Supremo considera que ese beneficio existió porque Puigdemont y otros responsables del procés habrían destinado fondos públicos a financiar el referéndum, evitando asumir ese desembolso con su propio patrimonio. La defensa rechaza esa interpretación y sostiene que el expresident nunca se enriqueció ni incorporó dinero público a sus bienes personales.

Esa lectura restrictiva de la malversación fue respaldada posteriormente por la Sala de Apelación del Supremo. Puigdemont agotó entonces la vía dentro del Alto Tribunal y acudió al Constitucional para denunciar que la resolución desfiguraba el contenido de la ley y vulneraba sus derechos fundamentales.

Las fuentes consultadas por 'EFE' recalcan ahora que la orden se mantuvo por la interpretación de la propia ley española, al margen de las dudas que otros tribunales habían elevado sobre su compatibilidad con el Derecho de la Unión. “Esa circunstancia no cambia con la sentencia del TJUE”, resumen.

La orden que pesa sobre Puigdemont tiene carácter nacional. Si entra en territorio español mientras continúe vigente, deberá ser detenido y puesto a disposición del Tribunal Supremo. El fallo de Luxemburgo tampoco produce por sí mismo el levantamiento de esa medida.

Puigdemont proclama su victoria y señala a la Justicia española

La reacción de Puigdemont había llegado durante la mañana mediante un extenso artículo publicado en su cuenta de X, que encabezó con la frase “La amnistía es europea, la represión es española”. El expresident presentó la sentencia como un triunfo político de Junts y del conjunto del independentismo frente a los poderes del Estado.

Puigdemont defendió que el TJUE había confirmado la validez europea de una ley pactada por Junts con el PSOE para facilitar la investidura de Pedro Sánchez. También reivindicó la decisión de su partido de rechazar el primer texto de la norma hasta que se ampliara su cobertura para incluir determinadas acusaciones de terrorismo.

El líder de Junts aseguró que los tribunales españoles incumplirían la ley y chocarían con el Derecho europeo si continúan rechazando su aplicación completa. En su escrito también agradeció el trabajo de su abogado, Gonzalo Boye, y reiteró que su objetivo político continúa siendo la independencia de Cataluña.

Pese al tono triunfal, Puigdemont admitió que su vuelta sigue lejos de estar garantizada. Recurrió a una metáfora futbolística para señalar que el siguiente partido se disputará en España, con el Supremo y el Constitucional como protagonistas. Su mensaje dejaba entrever las dificultades que todavía espera encontrar en los tribunales nacionales.

El anuncio posterior del Supremo ha confirmado esa cautela. La sentencia europea refuerza la validez general de la amnistía, pero no resuelve la interpretación concreta que mantiene a Puigdemont fuera de su aplicación.

Lo que realmente ha decidido Luxemburgo

La Gran Sala del TJUE ha resuelto los asuntos planteados por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional. El primero preguntó si el perdón de la responsabilidad contable derivada de los gastos del procés podía perjudicar los intereses financieros de la Unión. Luxemburgo ha descartado que la eventual reducción de la aportación española provocada por una hipotética independencia catalana permita apreciar ese daño.

La segunda cuestión afectaba a varios procesados por terrorismo vinculados a los Comités de Defensa de la República. El tribunal europeo concluye que la ley respeta la directiva comunitaria contra el terrorismo, puesto que deja fuera los actos que hayan provocado intencionadamente graves vulneraciones de derechos humanos.

Los magistrados también reconocen que la aprobación y aplicación de una amnistía pertenece al ámbito de competencias de cada Estado. La finalidad de reducir las tensiones políticas e institucionales y avanzar hacia la reconciliación resulta compatible con el ordenamiento europeo, según el tribunal.

El TJUE introduce, sin embargo, límites en algunos aspectos procesales. Los órganos judiciales nacionales deben disponer del tiempo necesario para estudiar cada caso y pueden mantener medidas cautelares mientras esperan una respuesta europea. La obligación de resolver en un plazo rígido de dos meses no puede impedir que un juez plantee una cuestión prejudicial o espere su resolución.

Ninguna de las dos sentencias entra a decidir si Puigdemont obtuvo un beneficio patrimonial con la malversación atribuida por el Supremo. Luxemburgo tampoco levanta directamente órdenes de detención ni aplica la amnistía a personas concretas, tareas que corresponden a los tribunales españoles encargados de cada procedimiento.

Bolaños pide completar la aplicación de la amnistía

El Gobierno ha recibido el fallo como un respaldo a su estrategia para normalizar la situación política en Cataluña. El ministro de la Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, declaró desde La Moncloa que “el horizonte queda despejado para la aplicación efectiva de la ley”.

Bolaños recordó que centenares de personas ya se han beneficiado de la medida y situó los casos de Puigdemont, Oriol Junqueras y otros dirigentes independentistas como la última etapa del proceso. El ministro reclamó que esa fase se complete “lo antes posible”, aunque evitó dirigirse expresamente al Supremo.

La reacción procedente del Alto Tribunal ha enfriado esa petición. Las fuentes jurídicas rechazan que el fallo europeo obligue a Llarena a retirar la orden, porque las preguntas respondidas por el TJUE no abordaban la exclusión de Puigdemont por beneficio patrimonial.

Junts también ha exigido movimientos inmediatos. Su secretario general, Jordi Turull, calificó la sentencia de “gran victoria” y reclamó al Constitucional que se pronuncie antes de las vacaciones judiciales. Al mismo tiempo, reconoció que el fallo europeo no permite todavía el regreso de Puigdemont a España.

Gonzalo Boye sostuvo que el debate jurídico sobre la compatibilidad europea de la amnistía ha quedado cerrado. Desde ERC, Oriol Junqueras habló de una “victoria incompleta” mientras continúen las inhabilitaciones y las órdenes de detención que afectan a los principales dirigentes del procés.

El Constitucional tendrá la próxima palabra

El recurso de amparo de Puigdemont permanece pendiente en el Tribunal Constitucional. El expresident solicita que se anule la decisión del Supremo y se le aplique la amnistía, mientras la corte de garantías debe determinar si la interpretación realizada sobre el beneficio patrimonial respetó sus derechos fundamentales y el sentido de la norma aprobada por las Cortes.

El Constitucional ya rechazó en enero, por unanimidad, levantar cautelarmente la orden de detención. Los magistrados consideraron que hacerlo antes de resolver el fondo supondría anticipar su decisión y afectar al proceso penal abierto en el Supremo.

El tribunal tendrá ahora que estudiar detenidamente las sentencias de Luxemburgo antes de resolver el recurso. Las previsiones sitúan esa deliberación entre septiembre y octubre, ya que el último pleno del actual año judicial tiene cerrado su orden del día.

Hasta que el Constitucional dicte sentencia o Pablo Llarena cambie su decisión, Puigdemont continuará bajo orden nacional de detención y será arrestado si vuelve a entrar en España.

Añadir ElConstitucional.es como fuente preferida de Google de forma gratuita.

Mantente informado de todas las noticias de última hora y con la mejor información. Contra la desinformación, por la democracia y los derechos sociales.

Activar ahora
Sobre el autor
Jaime Barrionuevo, redactor de ElConstitucional.es
Jaime Barrionuevo

Redactor de ElConstitucional.es

Ver biografía
Lo más leído