Ernesto Ekaizer carga duramente contra la condena a David Sánchez en 'Malas Lenguas': "Sentencia de naturaleza política"

El periodista cuestiona la solidez jurídica de la sentencia, sostiene que la acusación de prevaricación se incorporó al final del juicio y afirma que el atestado de la UCO "no puede ser una prueba de cargo"

15 de julio de 2026 a las 13:39h
Ernesto Ekaizer carga duramente contra la condena a David Sánchez en 'Malas Lenguas': "Sentencia de naturaleza política"
Ernesto Ekaizer carga duramente contra la condena a David Sánchez en 'Malas Lenguas': "Sentencia de naturaleza política"

Ernesto Ekaizer volvió a analizar en 'Malas Lenguas', el programa de Jesús Cintora en La 2, la sentencia que condena a David Sánchez a nueve años de inhabilitación por cooperación necesaria en un delito de prevaricación. El periodista fue especialmente contundente al asegurar que se trata de "una sentencia que tenía que condenarle, estaba obligada a condenarle", llegando a definirla como "una sentencia de naturaleza política".

Durante su intervención, Ekaizer sostuvo que el propio contenido del fallo refleja las dificultades del tribunal para justificar la condena. Según explicó, aunque la resolución tiene "entre 377 folios y 400""prácticamente lo que se dedica a la autoría de David Sánchez es nada", ya que gran parte del documento reproduce jurisprudencia y resoluciones anteriores. A su juicio, esto demuestra que el tribunal "ha tenido bastantes dificultades" para sostener la condena después de descartar el delito de tráfico de influencias por falta de pruebas.

El periodista también puso el foco en el delito por el que finalmente ha sido condenado el hermano del presidente del Gobierno. Según recordó, "el delito de prevaricación por el que se le condena lo introdujo el Partido Popular en las conclusiones definitivas del juicio, al final". Además, insistió en que "el delito de prevaricación no lo puede cometer más que un funcionario público. David Sánchez no es funcionario público, por lo tanto, no puede cometer un delito de prevaricación". Por ello, criticó que se le atribuya el papel de cooperador necesario cuando, según expuso, la sentencia únicamente recoge que concurrió al proceso de selección para el puesto que obtuvo. "Para ser cooperador necesario tiene que hacer algo", argumentó, insistiendo en que ese extremo no queda acreditado en la resolución.

Ekaizer también criticó que el tribunal apoye parte de su argumentación en el atestado de la UCO, recordando que, conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "un atestado no es una prueba, es una denuncia, no puede ser tomada como prueba de cargo". Como conclusión, afirmó que la resolución "debe ser revocada por el Tribunal Superior de Justicia de Badajoz", aunque acto seguido matizó que, en su opinión, "cosa que adelanto, Jesús, no lo será. Llegará al Supremo y probablemente luego al Tribunal Constitucional".

 

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El periodista Luis Corpas, de ElConstitucional.es
Luis Corpas

Periodista de ElConstitucional.es

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