El Tribunal Supremo ha vuelto a cerrar la puerta a Álvaro García Ortiz. La Sala Penal ha confirmado que el exfiscal general del Estado deberá pagar 39.009,48 euros en costas procesales por el procedimiento que acabó con su condena por revelación de datos reservados de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso.
El auto rechaza los recursos presentados por la Fiscalía y por la Abogacía del Estado, que actúa en representación de García Ortiz. Ambas partes pedían una nueva rebaja de la tasación, pero el tribunal considera que la cifra ya fue suficientemente moderada cuando pasó de casi 80.000 euros a los 39.000 euros ahora ratificados.
La decisión afecta a los gastos del abogado y de la procuradora de González Amador, que ejerció la acusación particular en la causa. El Supremo entiende que las actuaciones incluidas en la tasación no fueron inútiles ni superfluas, y que formaron parte de una investigación especialmente compleja desde el punto de vista material y procesal.
García Ortiz queda así obligado a asumir otro coste derivado de la sentencia que le apartó de la Fiscalía General del Estado. La condena ya incluía dos años de inhabilitación, una multa de 7.200 euros, una indemnización de 10.000 euros a favor de González Amador y el pago de las costas del procedimiento.
La multa y la indemnización ya fueron abonadas con fondos canalizados por la Unión Progresista de Fiscales, asociación que presidió García Ortiz. Quedaba pendiente la batalla por las costas, una cuestión económica pero también política, porque vuelve a situar el caso del antiguo fiscal general en el centro del choque entre Justicia, Fiscalía y poder político.
González Amador, investigado por fraude fiscal y falsedad documental, llegó al centro de la crisis después de que se difundieran correos vinculados a las negociaciones entre su defensa y la Fiscalía. Aquellos mensajes incluían el reconocimiento de delitos fiscales por parte de la pareja de Ayuso, mientras el entorno de la presidenta madrileña sostenía públicamente una versión que la Fiscalía trató de desmentir.
El Supremo defiende la complejidad del caso
La Sala Penal rechaza el argumento de la Abogacía del Estado sobre la supuesta escasa complejidad del procedimiento. Para el tribunal, la causa tenía una gravedad institucional singular, al afectar a la revelación de información reservada por quien ocupaba la máxima representación del Ministerio Fiscal.
El Supremo también subraya la complejidad procesal del caso. La investigación arrancó en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y terminó en la Sala Segunda por el aforamiento de García Ortiz. Durante la tramitación se abrieron quince piezas separadas, se practicaron numerosas diligencias y se tramitaron recursos de apelación. Entre esas diligencias hubo incluso comisiones rogatorias remitidas a Irlanda y Estados Unidos. Ese recorrido, según la Sala, justifica que la acusación particular pudiera reclamar el resarcimiento de actuaciones necesarias para fijar su posición procesal y defender sus intereses durante la causa.
La Fiscalía había defendido que solo debían incluirse las actuaciones estrictamente imprescindibles para el procedimiento. El Supremo contesta que esa lectura dejaría fuera trabajos que, aunque no siempre prosperaron, contribuyeron al desarrollo de la investigación y no pueden ser tratados como meros trámites prescindibles.
De casi 80.000 euros a 39.009,48
La primera tasación de costas ascendió a 79.942,70 euros. Esa cantidad recogía la minuta del abogado de González Amador, el IVA correspondiente y los honorarios de la procuradora. La Fiscalía y la Abogacía del Estado impugnaron aquel cálculo por considerarlo indebido y excesivo.
La letrada de la Administración de Justicia admitió parcialmente esa impugnación en marzo y rebajó la cifra prácticamente a la mitad. Dejó fuera determinadas partidas vinculadas a recursos y fijó la cantidad en 39.009,48 euros, la misma que ahora ratifica la Sala Penal.
García Ortiz y la Fiscalía intentaron una nueva reducción. La Abogacía del Estado llegó a reclamar una rebaja mucho mayor, hasta situar las costas en una cifra muy inferior. El Supremo rechaza esa vía y sostiene que la resolución anterior ya hizo una labor de ponderación y moderación suficiente.
El auto también descarta separar artificialmente la fase del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de la fase posterior en el Supremo. Para la Sala, las diligencias iniciales sirvieron para construir la exposición razonada que llevó el caso al alto tribunal, por lo que forman parte de la misma secuencia procesal.
Otro capítulo de una causa inédita
La condena de García Ortiz marcó un precedente inédito en democracia. Nunca antes un fiscal general del Estado en ejercicio había sido condenado por el Tribunal Supremo e inhabilitado para el cargo. La sentencia salió adelante por mayoría y contó con votos particulares que defendían la absolución.
El caso dejó una herida profunda dentro del Ministerio Fiscal y alimentó durante meses la guerra política en torno a Ayuso, González Amador, Moncloa y el propio papel de la Fiscalía. La derecha presentó la condena como prueba de una utilización partidista de las instituciones, mientras el entorno progresista denunció una causa marcada por una enorme presión política y mediática.
El nuevo auto no reabre el fondo de la sentencia, pero sí consolida sus consecuencias económicas. García Ortiz ya perdió el cargo y ahora ve confirmado el pago de las costas principales reclamadas por la acusación particular de González Amador.
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