El polémico juez Juan Carlos Peinado ha visto cómo dos de las seis quejas examinadas por el Consejo General del Poder Judicial superaban la propuesta de archivo. La Comisión Permanente ha acordado este martes remitirlas al Tribunal Superior de Justicia de Madrid para que determine si el instructor del 'caso Begoña Gómez' incurrió en sendas faltas leves de desconsideración y retraso.
La decisión ha necesitado el voto de calidad de la presidenta del CGPJ, Isabel Perelló, después del empate entre los vocales partidarios de continuar y el bloque conservador, que ha anunciado votos particulares. El acuerdo se aparta del criterio del promotor de la Acción Disciplinaria, Ricardo Conde, que había pedido archivar las seis diligencias abiertas contra Peinado.
La remisión tampoco implica que el órgano de gobierno de los jueces considere acreditada una infracción. La última palabra corresponde ahora al TSJM, que podrá cerrar las actuaciones o iniciar el procedimiento para sancionarle.
El alcance del castigo ya está limitado por la calificación de los hechos. La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que una falta leve únicamente puede recibir una advertencia, una multa máxima de 500 euros o ambas sanciones conjuntamente. La etiqueta jurídica reduce así el posible reproche contra el magistrado, aunque una de las conductas afecta directamente a los agentes encargados de proteger a la familia del presidente del Gobierno.
Peinado puso a la Policía dentro de una fuga hipotética
La primera diligencia procede del auto en el que Peinado retiró el pasaporte a Begoña Gómez, le prohibió salir de España y le impuso comparecencias periódicas. El juez sostuvo que sus escoltas podían colaborar en una eventual huida, "bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos".
La afirmación convertía a los policías encargados de proteger a Gómez en posibles colaboradores de una fuga que tampoco aparecía apoyada en datos concretos. La Audiencia Provincial de Madrid revocó posteriormente todas las medidas cautelares y calificó de "poco afortunada" la referencia realizada por Peinado a los agentes.
Ricardo Conde defendía que las expresiones incluidas en una resolución judicial solo podían examinarse por la vía disciplinaria si el tribunal encargado del recurso remitía previamente testimonio. La mayoría de la Comisión Permanente ha rechazado esa interpretación y recuerda que el Tribunal Supremo ya ha permitido sancionar expresiones desconsideradas sin exigir ese trámite.
El precedente citado corresponde a una sentencia de 2014 que confirmó la suspensión de un magistrado por utilizar en varias resoluciones descalificaciones contra la Generalitat de Cataluña. El Supremo apreció entonces una elevada carga de menosprecio impropia de quien ejerce funciones jurisdiccionales.
La segunda diligencia afecta a un procedimiento por presuntas calumnias contra el periodista Nacho Abad. Su defensa pidió el sobreseimiento el 12 de junio de 2024, pero Peinado no respondió hasta el 14 de enero de 2026, cuando rechazó cerrar la causa y decidió continuar hacia el juicio. El TSJM estudiará si esos 19 meses constituyeron un retraso injustificado, pese a que el promotor disciplinario tampoco encontró motivos para sancionarle.
Cuatro archivos y el reloj de la jubilación
El CGPJ ha archivado las otras cuatro diligencias examinadas este martes. La más relevante había sido promovida por el ministro Félix Bolaños tras su declaración como testigo en La Moncloa. Bolaños denunció el trato recibido por Peinado y varias exigencias que consideraba anómalas, entre ellas la petición de un vehículo oficial para entrar en el complejo presidencial y de una tarima que situara al juez por encima del declarante.
La mayoría ha considerado que aquellas actuaciones estaban vinculadas a interpretaciones procesales discutibles, pero carecían de entidad disciplinaria. También admite que el interrogatorio se desarrolló "en un clima de tensión", aunque descarta que existieran desconsideraciones explícitas contra el ministro.
Los vocales progresistas Argelia Queralt y Bernardo Fernández se opusieron al archivo. Ambos sostienen que la conducta debía examinarse en su conjunto y que la reiteración de advertencias, los reproches sobre las respuestas y las censuras a los gestos de Bolaños superaron una simple discusión durante el interrogatorio.
También queda archivada la queja de Cristina Álvarez por la filtración a un medio del contenido de una providencia que todavía no había sido dictada. El promotor concluyó que no había indicios suficientes para atribuir la filtración al propio Peinado, aunque varios vocales reprocharon que las comprobaciones realizadas resultaran insuficientes para localizar su origen.
El Consejo cierra igualmente las diligencias promovidas por Más Madrid y el diputado socialista Guillermo Hita por la prórroga fuera de plazo de una causa por malversación. La cuarta queja, presentada por una investigada que denunció un trato desconsiderado y la negativa a declarar por videoconferencia, ha sido archivada por unanimidad al afectar a decisiones que podían recurrirse ante otro órgano judicial.
El calendario puede terminar siendo la principal protección del polémico juez. Peinado se jubilará el próximo 27 de septiembre y dejará entonces de estar sometido al régimen disciplinario de la carrera judicial. Cualquier expediente que permanezca abierto cuando abandone el servicio activo decaerá sin sanción.
Añadir ElConstitucional.es como fuente preferida de Google de forma gratuita.
Mantente informado de todas las noticias de última hora y con la mejor información. Contra la desinformación, por la democracia y los derechos sociales.