El rey Felipe VI preside la apertura del año judicial en pleno choque entre el Gobierno y el Poder Judicial: la ley de nietos en el foco

El Supremo inaugura el curso marcado por varios frentes abiertos con el Ejecutivo, desde la suspensión cautelar de la ley de nietos hasta la investigación sobre la crisis migratoria de Ceuta y la sentencia de García Ortiz

10 de septiembre de 2026 a las 09:02h
La presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló y el Rey Felipe VI. Alejandro Martínez Vélez / Europa Press
La presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló y el Rey Felipe VI. Alejandro Martínez Vélez / Europa Press

Este jueves comienza el año judicial en un acto de apertura que va a estar presidido por el rey Felipe VI. No obstante, el inicio del curso se reinicia con varias tensiones entre el Poder Judicial y el Gobierno de España después, entre otras cosas, de la reciente suspensión de forma cautelar por parte del Tribunal Supremo, de las altas en el censo electoral por la ley de nietos. 

Asimismo, las tensiones entre ambas instituciones también se han generado a raíz de la apertura de causa por la crisis migratoria de Ceuta después de la entrada de más de 70.000 personas en el territorio a finales de julio, o, por la sentencia del exfiscal general Álvaro García Ortiz y el posterior documento que envió la fiscal general, Teresa Peramato, a Europa, objetando la instrucción del caso. 

El acto se va a celebrar en el Salón de Plenos del Supremo y van a acudir diversas autoridades del Estado, el ministro de Presidencia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y algunas personalidades políticas como el líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo.

"No compartimos esta decisión"

"No compartimos esta decisión contraria al criterio del Gobierno y también al de la Junta Electoral Central", así reaccionó la ministra portavoz del Gobierno de Pedro Sánchez, ante las preguntas de los periodistas presentes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros sobre la reciente suspensión la suspensión cautelar acordada por el Tribunal Supremo en la aplicación electoral de la conocida como ley de nietos, que afecta a las altas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). 

Así, el Gobierno mostró sus discrepancias ante la resolución de la llamada ley de nietos que forma parte de la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, y abrió una vía para que determinados descendientes de españoles pudieran obtener la nacionalidad española de origen. La disposición está pensada para reparar las consecuencias del exilio provocado por la Guerra Civil y la dictadura y contempla, entre otros supuestos, a descendientes de personas que abandonaron España por motivos políticos, ideológicos, religiosos o relacionados con su orientación o identidad sexual. La norma establece como referencia el periodo comprendido entre el 18 de julio de 1936 y el 28 de diciembre de 1978.

Vox e Iustitia Europa llevaron el conflicto ante el Supremo

La decisión del alto tribunal llega después de los recursos presentados por Vox e Iustitia Europa, que reclamaron medidas cautelares para evitar que siguieran produciéndose altas en el CERA mientras se resuelve el litigio. Ambas partes cuestionaron la forma en la que se estaba aplicando la normativa y pusieron el foco en las consecuencias que podía tener sobre el censo electoral.

El origen del procedimiento se encuentra en un acuerdo de la Junta Electoral Central del pasado 16 de julio. La JEC rechazó entonces paralizar la elaboración del censo, al considerar que la Administración electoral debía seguir aplicando los procedimientos establecidos mientras permanecieran vigentes. Al mismo tiempo, el organismo pidió información a la Oficina del Censo Electoral sobre la aplicación de la ley de nietos.

El Supremo ha acordado cautelarmente "bloquear cautelarmente los efectos de la interpretación de la Ley realizada por la exdirectora general de Seguridad Jurídica Sofía Puente", a la espera de resolver el fondo del asunto.

La decisión llega después de que Fiscalía y Abogacía del Estado defendieran ante el Supremo que no debía suspenderse el acceso al voto de estos ciudadanos. El Gobierno argumentó que la inscripción en el CERA es una consecuencia de haber adquirido legalmente la nacionalidad y advirtió de que impedirla supondría afectar al derecho fundamental al sufragio.

Con esta resolución, el Supremo no resuelve todavía si la interpretación de la normativa es correcta, sino que establece una medida provisional mientras analiza los recursos. La cuestión central queda ahora en determinar qué beneficiarios cumplen efectivamente las condiciones previstas por la Ley de Memoria Democrática y, en particular, quiénes pueden acreditar la condición de descendientes de exiliados.

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La periodista Clara Cerrada, redactora de ElConstitucional.es
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