Isabel Díaz Ayuso ha aprovechado su visita al puesto de mando del incendio de la Sierra Oeste para cuestionar la respuesta climática del Gobierno y recuperar uno de los argumentos que más se repiten cada verano. La presidenta madrileña ha pedido escuchar a quienes viven en el medio rural y encuentran, según sus palabras, "muchísimas dificultades para limpiar los bosques y para trabajar sus propias tierras".
Ayuso también ha afirmado que "la inmensa mayoría" de los incendios son provocados y ha acusado a Pedro Sánchez de plantear soluciones "de brocha gorda" al defender un pacto de Estado frente a la emergencia climática. Las dos declaraciones mezclan asuntos diferentes y trasladan una imagen que los datos oficiales disponibles no sostienen.
La legislación estatal permite los desbroces, la retirada de vegetación y los tratamientos selvícolas. Además, obliga a las comunidades autónomas a planificar la prevención y a exigir trabajos a los propietarios cuando resulten necesarios. El propio plan aprobado este año por la Comunidad de Madrid programa actuaciones preventivas sobre 5.652 hectáreas.
También conviene precisar qué significa "limpiar el monte". Bajo esa expresión se agrupan actividades muy distintas, desde retirar ramas caídas hasta talar árboles, abrir cortafuegos, quemar restos vegetales o utilizar maquinaria capaz de producir chispas. Cada trabajo tiene unas condiciones y la mayoría de las limitaciones más severas aparecen cuando el riesgo de incendio es muy alto o extremo.
La Ley de Montes obliga a prevenir durante todo el año
La norma principal es la Ley 43/2003, de Montes. Su artículo 43 establece que las administraciones públicas competentes deben organizar de manera coordinada la prevención, la vigilancia y la extinción de los incendios, con independencia de quién sea el propietario del terreno.
El reparto de responsabilidades queda más claro en el artículo 48. Las comunidades autónomas deben aprobar cada año un plan para todo su territorio, mantenerlo activo durante los doce meses y detallar los recursos disponibles. Ese plan debe incluir tratamientos selvícolas, cortafuegos, vías de acceso y puntos de agua, además de fijar los trabajos que corresponden a propietarios públicos y privados.
La misma disposición permite que esas actuaciones se ejecuten mediante acuerdos, ayudas públicas o intervención subsidiaria de la administración. La ley estatal facilita por tanto la prevención y encarga a cada autonomía ordenar cómo debe realizarse.
Las restricciones recogidas en el apartado sexto del artículo 48 afectan principalmente a los periodos en los que AEMET declara un peligro muy alto o extremo. En esos casos, las comunidades deben suspender las quemas y limitar el uso de maquinaria que pueda generar deflagraciones o chispas dentro del monte y en una franja de 400 metros. Se trata de medidas temporales dirigidas a evitar nuevas igniciones durante las jornadas más peligrosas.
La tala y el aprovechamiento de madera también cuentan con regulación. El artículo 37 permite realizarlos mediante una declaración responsable cuando el terreno dispone de un instrumento de gestión aprobado. En los montes sin planificación suele exigirse una autorización previa. El objetivo es mantener una explotación sostenible y evitar daños sobre espacios protegidos, cauces, suelos frágiles o especies catalogadas.
Madrid concede sus propios permisos y programa los trabajos
Las autorizaciones que afectan a los montes madrileños dependen de la Comunidad de Madrid. Su propia sede electrónica explica que los trabajos sobre vegetación arbórea o aprovechamientos forestales pueden tramitarse mediante autorización o declaración responsable, según el volumen, la superficie y las características del terreno.
La regulación autonómica contempla además actuaciones que pueden realizarse sin autorización. Entre ellas figura la retirada de ramas muertas o caídas y determinados desbroces de matorral inferior a 1,5 metros, siempre que no afecten a especies protegidas ni superen los 1.000 metros cuadrados anuales. Las intervenciones de mayor tamaño requieren control de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de la propia Comunidad.
El Plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales de Madrid para 2026, aprobado el pasado 29 de abril, reproduce expresamente la obligación de los propietarios públicos y privados de ejecutar los trabajos preventivos necesarios. El documento organiza tratamientos sobre la vegetación, mantenimiento de cortafuegos, pastoreo preventivo, caminos forestales y puntos de agua.
Las cifras son concretas. El Gobierno de Ayuso ha programado 1.307,89 hectáreas de tratamientos selvícolas, 411,56 hectáreas de mantenimiento de cortafuegos y 3.772,59 hectáreas de pastoreo preventivo. El conjunto de las actuaciones alcanza las 5.652,38 hectáreas durante este año.
El dispositivo incluye 37 brigadas y 419 trabajadores dedicados a labores preventivas, por encima de las 32 brigadas y los 258 efectivos recogidos en el balance de 2025. La financiación y ejecución de estas medidas corresponde fundamentalmente al Gobierno regional, aunque algunos proyectos pueden recibir fondos estatales o europeos.
Que determinados propietarios encuentren retrasos administrativos, discrepancias con los agentes forestales o dificultades para costear los trabajos puede revelar problemas concretos de gestión. Esas situaciones deben documentarse caso por caso y dirigirse ante la administración madrileña, responsable de autorizar y supervisar las actuaciones. Ninguna norma estatal contiene una prohibición general de limpiar los montes.
Las causas de los incendios todavía están bajo investigación
Ayuso ha asegurado que "la inmensa mayoría" de los incendios son provocados. Todavía no existen estadísticas cerradas que permitan atribuir un origen común a los grandes fuegos activos este mes de julio. La Guardia Civil y las brigadas especializadas mantienen abiertas las investigaciones y sus conclusiones pueden tardar semanas o meses.
La principal estadística nacional es la base EGIF del Ministerio para la Transición Ecológica. Las comunidades remiten una ficha con más de 150 campos por cada incendio y el ministerio debe revisar y consolidar toda esa información. Los balances fiables sobre causas se publican bastante tiempo después de que termine cada campaña, como explica el propio portal oficial de estadísticas forestales.
Los últimos datos de Seprona difundidos por el ministerio corresponden a 2023 y tampoco abarcan todos los incendios registrados en España. De los 2.944 casos analizados por la Guardia Civil, 225 fueron clasificados como intencionados, un 7,64%. En 281 se apreciaron negligencias, 241 tuvieron un origen natural y 220 fueron accidentales. La causa quedó sin resolver en 1.977 investigaciones.
La expresión "incendio provocado" genera además una confusión frecuente. Puede emplearse para cualquier fuego iniciado por una actividad humana, aunque haya comenzado por una imprudencia, una avería, una chispa de maquinaria o una quema que se descontroló. Un fuego intencionado exige que alguien actuara deliberadamente para incendiar el terreno. Ambas categorías cuentan realidades muy diferentes.
El clima no prende la chispa, pero cambia el incendio
Todo incendio necesita una fuente de ignición. Puede ser un rayo, una colilla, una línea eléctrica, una máquina agrícola, una quema o una actuación intencionada. El calentamiento climático interviene después sobre la humedad del suelo y de la vegetación, la temperatura, el viento, la velocidad de propagación y la intensidad que alcanzan las llamas.
AEMET calcula que la temperatura media de España ha aumentado 1,75 grados desde 1961. Los doce años más cálidos de la serie se han registrado durante el siglo XXI y, solo en la última década, la agencia contabilizó 221 récords de días cálidos frente a siete récords de días fríos. Los datos aparecen en el informe climático de 2025.
La propia AEMET utiliza temperatura, humedad relativa, viento, precipitaciones previas, humedad del suelo, estado de la vegetación y usos del territorio para calcular su índice de peligro de incendios forestales. La cantidad de combustible forestal importa, pero su sequedad y las condiciones meteorológicas determinan con qué facilidad puede arder y hasta dónde puede avanzar el fuego.
Un estudio publicado en 2025 en la revista NPJ Climate and Atmospheric Science, centrado en la península ibérica, concluyó que el aumento de la sequedad del combustible asociado al cambio climático ha incrementado entre un 2% y un 8,3% la velocidad media de propagación de los incendios analizados, con diferencias según la zona y el tipo de vegetación.
El Centro Común de Investigación de la Comisión Europea advierte igualmente de que la probabilidad de sufrir jornadas con un peligro alto o extremo aumentará en casi toda Europa a medida que suba la temperatura. El impacto será especialmente acusado en los países del sur y ampliará las temporadas en las que los incendios pueden adquirir un comportamiento extremo.
La gestión del combustible forestal, el mantenimiento de mosaicos agrícolas, el pastoreo y los tratamientos selvícolas forman parte de la prevención. La adaptación al calentamiento también resulta imprescindible porque un monte tratado puede enfrentarse a olas de calor, sequías y vientos capaces de superar las líneas de defensa.
El pacto climático se presentó en 2025
Ayuso ha reprochado a Sánchez que lleve hablando del pacto frente a la emergencia climática "desde 2014". La cronología oficial desmiente esa fecha. El presidente anunció la iniciativa el 17 de agosto de 2025, presentó sus primeras líneas el 1 de septiembre y dio a conocer un documento con 80 medidas en diciembre de ese mismo año.
El texto presentado por el Gobierno sitúa entre sus primeras propuestas la gestión forestal activa, los tratamientos preventivos, la recuperación de paisajes en mosaico y el apoyo a las actividades rurales. El pacto sigue pendiente del acuerdo político necesario para aprobarse y desarrollarse.
También plantea reforzar los medios de extinción, crear recursos estatales permanentes, mejorar la coordinación entre administraciones y revisar la financiación destinada a prevención. Su contenido aborda tanto las condiciones climáticas como la gestión del territorio, los dos factores que los especialistas consideran esenciales para reducir el impacto de los grandes incendios.
Un terreno quemado tampoco puede recalificarse libremente
Otro mensaje extendido en redes sostiene que los montes se queman para construir viviendas, instalar plantas solares o levantar parques eólicos. El artículo 50 de la Ley de Montes establece una prohibición de cambiar el uso forestal durante al menos 30 años y veta cualquier actividad incompatible con la regeneración de la cubierta vegetal.
La norma contempla excepciones muy delimitadas. El nuevo uso debe haber estado previsto antes del incendio en un instrumento de planeamiento ya aprobado o tramitarse mediante una ley por una razón imperiosa de interés público de primer orden, con una reforestación compensatoria equivalente. La excepción ni siquiera puede aplicarse sobre montes incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
Los proyectos de energías renovables tampoco necesitan que el terreno se queme para iniciar su tramitación. Deben someterse a los procedimientos urbanísticos, energéticos y ambientales correspondientes, con independencia de la existencia previa de un incendio. Hasta el momento, las investigaciones abiertas sobre los grandes fuegos de julio no han acreditado una trama destinada a recalificar los terrenos afectados.
La causa concreta de cada incendio deberá quedar establecida por la Guardia Civil y las brigadas de investigación forestal. Presentar ya todos los fuegos como intencionados convierte una sospecha en un dato que todavía no existe.
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