El Tribunal Supremo ha concedido un plazo de cinco días a las partes para que presenten alegaciones sobre la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional, una resolución que da vía libre a aplicar la amnistía tanto al expresidente catalán Carles Puigdemont como a otros líderes del procés, entre ellos Oriol Junqueras.
La sentencia del Tribunal Constitucional fue aprobada por una mayoría de siete magistrados frente a cinco, que presentaron votos particulares discrepantes. El tribunal considera que la malversación cometida en el marco del procés puede quedar amparada por la Ley de Amnistía y ordena al Supremo revisar su decisión sobre Dolors Bassa. Esta resolución marca ahora el criterio que deberá tener en cuenta el alto tribunal al estudiar la situación del resto de dirigentes del procés afectados por la misma cuestión.
Una vez notificada la decisión de la corte de garantías, tanto el juez Pablo Llarena como la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo han dado este paso y han pedido a la Fiscalía y a las defensas que “formulen las alegaciones que a su derecho convengan”, en un movimiento que sigue una fórmula similar a la utilizada por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional tras el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que avaló la ley de amnistía.
La orden del Constitucional sobre la malversación de Dolors Bassa
No obstante, en este caso la resolución del Tribunal Constitucional va un paso más allá y se dirige de forma expresa al Tribunal Supremo para que dicte “un nuevo pronunciamiento en el que se declare amnistiado el delito de malversación a la exconsellera Dolors Bassa”.
En el caso de Dolors Bassa, la sentencia del Tribunal Constitucional va más allá de fijar una doctrina general sobre la aplicación de la amnistía a la malversación. El tribunal ordena expresamente al Tribunal Supremo que dicte un nuevo pronunciamiento en el que declare amnistiado el delito de malversación por el que fue condenada la exconsellera, y establece que esta actuación debe realizarse con carácter “preferente y urgente”. Se trata de una instrucción directa al Supremo que ya había sido anticipada por el presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, quien había defendido que el fallo debía ser “claro, preciso y contundente” para garantizar la aplicación de la ley.
Llarena levanta la orden de detención de Puigdemont
De hecho, el primer movimiento lo adoptó este martes el juez Pablo Llarena, cuando dejó sin efecto, con carácter inmediato, la orden de detención dictada contra Carles Puigdemont, aunque el expresidente catalán señaló después que no contempla regresar a España hasta la plena aplicación de la amnistía.
Puigdemont, por su parte, aseguró este martes desde Waterloo que no tiene previsto regresar de inmediato y vinculó su vuelta a la aplicación efectiva de la amnistía. En su declaración institucional, el expresidente catalán celebró la decisión del Constitucional y afirmó que supone una derrota para los poderes públicos que, a su juicio, habían impedido o retrasado la aplicación de la ley, aunque también sostuvo que “hoy no se soluciona nada” en la relación entre Cataluña y España y que la amnistía no constituye por sí misma la solución al conflicto político.
El magistrado no aplicó todavía la amnistía a los tres fugados, al sostener que antes resulta imprescindible conocer el contenido íntegro de la sentencia, una posición que comparte también la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que debe pronunciarse sobre su aplicación al líder de ERC, Oriol Junqueras, y a los exconsellers Jordi Turull y Raül Romeva.
