El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado este viernes la petición del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero para declarar la "nulidad general" del 'caso Plus Ultra'. El magistrado descarta que la investigación vulnerase sus derechos fundamentales y mantiene en vigor las diligencias que sostienen la causa.
La defensa pretendía excluir del procedimiento todas las evidencias reunidas por la Fiscalía Anticorrupción y dejar sin efecto una docena de resoluciones. Su petición alcanzaba desde la apertura de la investigación por posible blanqueo hasta los registros en la aerolínea, el traslado de la causa a la Audiencia Nacional, el bloqueo parcial de las cuentas de Zapatero y la pieza separada por las joyas encontradas en la caja fuerte de su despacho.
De haber prosperado, el incidente habría golpeado la base procesal de las pesquisas y podía haber arrastrado buena parte de las actuaciones posteriores. Calama, de acuerdo con el criterio de Anticorrupción, considera que las decisiones judiciales estuvieron motivadas y respetaron las garantías del expresidente. La resolución aborda la validez de la investigación, pero no determina si Zapatero cometió los delitos que se investigan y mantiene intacta su presunción de inocencia. Su defensa todavía puede recurrir ante la Sala de lo Penal.
Calama avala el recorrido de la causa
Uno de los principales argumentos de Zapatero cuestionaba que el Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid pudiera abrir en 2025 una nueva línea sobre un posible blanqueo relacionado con los fondos recibidos por Plus Ultra. La defensa también veía irregular que ese juzgado enviara después el procedimiento al Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional cuando apareció la posible participación del expresidente.
Calama respalda ambas decisiones. El magistrado sostiene que la actuación del juzgado madrileño se ajustó a las reglas de competencia y reparto y descarta que existiera una maniobra para conducir las diligencias hacia un órgano judicial más favorable. El Tribunal Constitucional exige una manipulación arbitraria y manifiesta de las normas para apreciar una vulneración del derecho al juez predeterminado por la ley.
"No basta la existencia de alternativas razonables ni la discrepancia técnica", señala el instructor. Para anular el procedimiento tendría que haberse producido una "desviación grosera, sin apoyo normativo alguno", algo que Calama rechaza en este caso.
El juez también avala el tratamiento de las conversaciones y archivos obtenidos mediante la cooperación judicial internacional. Parte del material procedía de un registro autorizado dentro de una orden europea de investigación promovida por Francia y llegó a la Policía española a través de Europol. Según el auto, el análisis de esos datos no constituyó una nueva intervención sobre comunicaciones privadas, pues la información había sido obtenida previamente con autorización judicial.
Las diligencias procedentes de Francia y Suiza apuntaban, según la resolución, hacia una posible organización dedicada al blanqueo de capitales con ramificaciones en varios países y conexiones con el eventual uso irregular de los fondos concedidos a Plus Ultra. Calama también respalda la actuación de Anticorrupción y de la Policía sobre otros indicios incorporados desde Estados Unidos.
La decisión llega después de que el propio juez rectificara a finales de julio. Calama rechazó inicialmente la petición por considerarla fuera de plazo, pero una revisión de las fechas confirmó que la defensa no había accedido hasta el 29 de mayo a documentación esencial de Anticorrupción. El instructor aceptó entonces estudiar las ocho primeras resoluciones cuestionadas y ahora descarta que exista una vulneración capaz de invalidarlas.
La investigación conserva todos sus frentes
El 'caso Plus Ultra' investiga el posible uso irregular del préstamo público de 53 millones de euros concedido a la aerolínea durante la pandemia y las gestiones realizadas para obtenerlo. La causa trata de aclarar si Zapatero intervino mediante un presunto tráfico de influencias y si parte del dinero terminó vinculado a operaciones de blanqueo.
El expresidente negó ante Calama haber hablado con responsables de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) o con miembros del Gobierno para favorecer el rescate. También sostuvo que los 490.780 euros que recibió de la consultora Análisis Relevante correspondían a trabajos profesionales de asesoramiento internacional. "No ejercí ni la más mínima influencia, ni nadie me lo pidió", afirmó durante su declaración.
Las cuatro decisiones posteriores que quedaron fuera del incidente por razones de plazo también continúan vigentes. Entre ellas figuran los registros en el despacho de Zapatero y en la empresa de sus hijas, el bloqueo de cuentas y la pieza separada sobre las joyas valoradas inicialmente en más de 1,3 millones de euros. Su posible caída dependía de que el juez anulara las actuaciones iniciales que les dieron cobertura, una posibilidad descartada con el auto de este viernes.
Calama ha rechazado además desbloquear una cuenta de Agropecuaria Lucena, una empresa de Julio Martínez Martínez cuyos movimientos siguen bajo investigación por su relación con pagos dirigidos a la mercantil de las hijas de Zapatero. El juez también ha admitido la personación de una asociación de exiliados venezolanos como nueva acusación popular, que deberá actuar de forma unificada con las ya presentes.
La causa continuará el lunes 7 de septiembre con la declaración de Julio Martínez Sola, presidente de Plus Ultra. Un día después comparecerá Roberto Roselli, exconsejero delegado de la compañía. Ambos tendrán que explicar ante Calama los escritos en los que atribuyeron a Zapatero gestiones relacionadas con la obtención del rescate público.
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