Ábalos recurre al Constitucional su condena de 24 años de prisión por el 'caso mascarillas': pide anular la sentencia y suspender la pena

El exministro de Transportes, José Luis Ábalos, presenta un recurso de amparo en el que cuestiona la sentencia del Supremo, la valoración del testimonio de Víctor de Aldama, la competencia del tribunal y la cadena de custodia de las pruebas

05 de noviembre de 2026 a las 10:32h
El diputado José Luis Ábalos, durante una sesión de control al Gobierno, en el Congreso de los Diputados.  Eduardo Parra / Europa Press
El diputado José Luis Ábalos, durante una sesión de control al Gobierno, en el Congreso de los Diputados. Eduardo Parra / Europa Press

El exministro de Transportes José Luis Ábalos ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) después de la sentencia del Tribunal Supremo que le impuso 24 años y 3 meses de prisión por las mordidas en contratos públicos de mascarillas, y en su escrito pide la anulación del fallo y la suspensión de la condena mientras el alto tribunal resuelve.

Según el recurso, al que ha tenido acceso EFE, la defensa de José Luis Ábalos expone ocho motivos para impugnar la sentencia y sostiene que la condena se apoyó de forma determinante en la declaración incriminatoria del comisionista Víctor de Aldama, a quien se aplicó una atenuante muy cualificada y la suspensión de las penas de prisión.

La defensa del exministro alega, sin embargo, que no existen datos objetivos e independientes que corroboren la versión de Víctor de Aldama sobre los supuestos pagos, propiedades, viajes, organización criminal o tráfico de influencias. En ese punto, el recurso insiste en que la declaración del comisionista no puede sostener por sí sola el núcleo de los hechos probados.

La pena de Aldama y la tesis de la defensa

Víctor de Aldama, que confesó el pago de mordidas, no entrará en prisión después de que el Tribunal Supremo suspendiera la pena de 4 años y medio de cárcel que se le impuso, con la condición de que no cometa otro delito, presente un informe semestral de actividades y realice un año de trabajos en beneficio de la comunidad.

Para la defensa de Ábalos, esa situación reforzaría la necesidad de revisar el peso concedido a la declaración del comisionista en una causa en la que, según el recurso, la condena descansó sobre una base probatoria insuficientemente contrastada.

Críticas a la motivación de la sentencia y a la competencia del Supremo

El escrito también denuncia la falta de motivación en la individualización de las penas, que suman 24 años y 3 meses de prisión, y sostiene que, pese a que se ordenó fijarlas en la mitad inferior, la sentencia aplicó el máximo de inhabilitación por cohecho continuado y el máximo de prisión por tráfico de influencias, tomando como único criterio la condición de ministro, algo que, según la defensa, supone valorar de nuevo una circunstancia ya integrada en los tipos penales.

La defensa del exministro, que permanece en prisión desde hace casi un año, sostiene además que el Tribunal Supremo no era competente para juzgarle, porque renunció a su escaño de diputado antes de que se fijara la fecha del juicio. El recurso recuerda que los magistrados justificaron la continuación del procedimiento en ese órgano por un acuerdo de la Sala de lo Penal de 2014, según el cual la competencia en causas con aforados se fijaba en el momento de dictarse el auto de apertura de juicio oral.

La impugnación reprocha que esa interpretación le ha impedido recurrir su condena ante instancias superiores. Sobre el tribunal sentenciador, José Luis Ábalos también aduce falta de imparcialidad y recuerda que recusó a cinco de los siete magistrados.

La cadena de custodia y la prueba digital, bajo sospecha

Respecto a las pruebas intervenidas, el recurso de amparo cuestiona la cadena de custodia y se detiene en la prueba digital, al considerar que la defensa no recibió el contenido completo de ningún dispositivo electrónico, sino solo la selección realizada por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

Además, la defensa sostiene que la fragmentación del procedimiento le ha causado indefensión, ya que en el juicio se valoraron testimonios y documentos de investigados en piezas separadas que no declararon en la vista oral.

El pasado 14 de octubre, el Tribunal Supremo rechazó los incidentes de nulidad presentados por José Luis Ábalos y por su exasesor Koldo García contra la sentencia que les condenó a 24 años y tres meses y 19 años y ocho meses de prisión, respectivamente, lo que abrió la puerta para que ambos pudieran acudir al Tribunal Constitucional.

Sobre el autor
Lucía Zahinos, redactora de ElConstitucional.es
Lucía Zahinos González

Redactora de ElConstitucional.es

Ver biografía
Lo más leído