El derecho al voto de más de 163.000 españoles descendientes de emigrantes y exiliados continúa en el aire después de que el Tribunal Supremo mantuviera la suspensión cautelar de su participación en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. La medida llegó tras los recursos presentados por Vox e Iustitia Europa, que cuestionan la forma en la que se incorporaron al censo electoral algunos de los ciudadanos que consiguieron la nacionalidad a través de la conocida como 'ley de nietos'.
Ahora, 69 personas afectadas y tres asociaciones han conseguido personarse en el procedimiento judicial para defender sus derechos. Se trata de la Asociación de Extranjeristas en Red, el Centro de Descendientes de Españoles Unidos (Cedeu) y la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía. El Supremo ha admitido sus solicitudes y les ha abierto un nuevo plazo de tres días para presentar alegaciones sobre el fondo del asunto. La decisión llega después de que el alto tribunal suspendiera el 10 de septiembre el derecho al voto de los nacionalizados por esta vía que residen en el extranjero y están inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), salvo quienes puedan acreditar que son descendientes de exiliados por motivos políticos, ideológicos o de creencia, entre otros supuestos recogidos en la resolución.
La medida afecta a 163.355 personas, según los últimos datos entregados por el Gobierno al tribunal. De ellas, solo 901 han conseguido acreditar mediante un certificado consular que cumplen las condiciones exigidas por el Supremo para poder votar el 29N.
Vox e Iustitia Europa cuestionan las nacionalizaciones y buscan ampliar las restricciones
El origen del procedimiento está en los recursos presentados por Vox e Iustitia Europa contra un acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC). Ambos partidos cuestionan la actuación de la Administración en la inscripción en el censo de los españoles que obtuvieron la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática y las instrucciones posteriores que desarrollaron su aplicación. La llamada ley de nietos permitió que descendientes de españoles que tuvieron que abandonar el país, entre ellos quienes sufrieron el exilio durante la Guerra Civil y la dictadura franquista, pudieran solicitar la nacionalidad española. El conflicto judicial se centra en cómo se ha aplicado esa norma y en la interpretación de los requisitos para acreditar la condición de exiliado.
Vox e Iustitia Europa sostienen que es necesario revisar determinadas inscripciones en el censo de residentes en el extranjero. A raíz de sus recursos, el Supremo acordó suspender cautelarmente el voto de una parte de los nacionalizados mientras estudia el procedimiento. El tribunal argumenta que debe garantizarse la corrección del censo electoral y evitar posibles irregularidades. Pero las consecuencias de esta decisión van más allá de una discusión administrativa: miles de personas que ya han obtenido la nacionalidad española se han quedado sin poder ejercer su derecho al sufragio en las próximas generales. La Fiscalía y la Abogacía del Estado se opusieron a la suspensión y reclamaron que se revocara la medida, al considerar que afecta a un derecho fundamental y que no había tiempo para revisar el censo antes de los comicios.
Además, Iustitia Europa ha intentado ampliar el alcance de las restricciones. El partido pidió al Supremo que la suspensión se extendiera también a los hijos e hijas de personas que consiguieron la nacionalidad por esta vía, un grupo que, según los datos aportados en el procedimiento, incluye cerca de 190.000 inscripciones. También solicitó revisar la situación de los nacionalizados que viven en España. Sin embargo, el 30 de octubre el Supremo rechazó suspender de forma cautelar el voto de estos últimos al considerar que esa petición no formaba parte del objeto del recurso.
Los afectados denuncian que se les impide votar sin haber podido defenderse
La personación de los 69 particulares y las tres asociaciones abre una nueva fase en el procedimiento. Los afectados podrán presentar sus argumentos frente a los recursos de Vox e Iustitia Europa y cuestionar la suspensión que les impide participar en las elecciones del 29N. Entre las alegaciones presentadas por los abogados José Antonio Martín Pallín y Eduardo Ranz se encuentra la falta de legitimación de los partidos demandantes para recurrir una cuestión que afecta directamente al derecho fundamental al voto de miles de ciudadanos. Los letrados consideran que Vox e Iustitia Europa no tienen capacidad para actuar en nombre de los afectados ni para denunciar una supuesta vulneración de derechos que no les corresponde defender.
También sostienen que el Supremo se ha extralimitado al valorar una instrucción administrativa de 2022 que no había sido recurrida directamente y advierten de que mantener la suspensión durante las elecciones provocará un perjuicio que después será imposible reparar. Aunque el tribunal termine dando la razón a los afectados, estos ya habrán perdido la oportunidad de votar el 29 de noviembre. La polémica ha generado críticas también entre asociaciones de jueces y fiscales. Juezas y Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales calificaron la suspensión de desproporcionada y alertaron de que se ha privado del sufragio a personas con nacionalidad española reconocida mediante procedimientos legales, sin un examen individualizado de cada caso.
Mientras el Supremo continúa estudiando los recursos, miles de descendientes de españoles que recuperaron la nacionalidad gracias a la Ley de Memoria Democrática siguen sin saber si podrán participar en las próximas elecciones. Una controversia que vuelve a situar en el centro del debate el alcance de los derechos políticos de los nacionalizados y el uso de los procedimientos judiciales para cuestionar su inscripción en el censo.